FIN DE LOS ERTES-COVID (31/03/2022) Y ¿AHORA QUE?

PRORROGA DE LOS ERTES-COVID Y OTRAS MEDIDAS

Según el Real Decreto-ley 2/2022 de 22 febrero, los ERTES vigentes regulados en el Real Decreto ley 18/2021 de 28 septiembre y anteriores, quedan prorrogados automáticamente (sin necesidad de solicitud) hasta el 31/03/2022. Son los siguientes:

-ERTES Fuerza Mayor covid19 (art. 22 Real Decreto ley 8/2020 de 17 marzo)

-ERTES ETOP, causas económicas, técnicas, productivas. (Real Decreto ley 18/2020)

-ERTES POR IMPEDIMENTO/LIMITACION (Real decreto ley 30/2020 de 29 septiembre)

Además, se prorrogan también:

Medidas de protección Social, como la prestación por desempleo para los casos de suspensión total o reducción jornada.

Se mantienen el “contador a cero” es decir que no se consumirá como paro la prestación por desempleo.

Se exime del periodo de carencia, en los casos de prestaciones por desempleo.

PLAN MECUIDA. Como sabemos es aquella medida destinada a favorecer la conciliación familiar y el cuidado de menores). Se introdujo en el art. 6 del Real Decreto ley 8/2020 y se extiende su prórroga hasta el 30/06/2022.

-Los subsidios extraordinarios que beneficiaban a los. Artistas, sector de la cultura y a los profesionales taurinos, también se prorrogan hasta el 30/06/2022.

EXONERACIONES

-Las exoneraciones a la Seguridad Social que se estaban aplicando hasta la fecha (recordemos que se limitaban a sectores muy concretos) se seguirán percibiendo durane el mes de marzo 2022, pero MUY REDUCIDAS, en comparación con las existentes hasta la fecha.

¿Qué PASA CON LA SALVAGUARDA DEL EMPLEO?

-Aunque no se señala nada de forma literal sobre la cláusula de “Salvaguarda del Empleo” (como sabemos es la prohibición de realizar despidos objetivos durante 6 meses, por causas covid, para las empresas que se hayan beneficiado de exoneraciones en seguridad social) debemos deducir, como la mayoría de la doctrina, que según la Disposición 1ª del Real decreto ley 2/2022, también se prórrogan hasta el 31/03/2022.

¿Qué OCURRIRÁ CON LOS ERTES DESDE EL 01/04/2022?

El fundamento de la prórroga del mes de marzo 2022, es “dar plazo” para que aquellas empresas que mantienen problemas derivados de la situación económica post-covid, pueden transitar a los nuevos ERTES regulados en el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores(modificado por el Real Decreto ley 32/2021 de 28 diciembre).

https://gie.es/blog/reforma-laboral-2021-medidas-de-flexibilidad-interna-para-las-empresas/

Este tipo de ERTES, conllevan un procedimiento específico para la tramitación de dichos ERTES (solicitud, comisiones negociadoras, etc).

Por ello, aquellas empresas que pretenden solicitar los “Nuevos ERTES”, deben comenzar la tramitación durante este mes de marzo 2022, si quieren comenzar el 01/04/2022.

Comparte en tus redes

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *