En un “post” publicado recientemente, analizábamos los requisitos que tienen las personas extranjeras (en general), para residir en España.
Pero hay extranjeros con ciertos requisitos que tienen más facilidades para residir y trabajar en España. La ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, nos señala en su Sección Segunda, los requisitos necesarios.
No es lo mismo residencia que estancia.
Hacemos una acotación importante, respecto a la diferencia entre RESIDENCIA y ESTANCIA. La primera conlleva visados con plazo superior a 90 días en España, y la segunda visados hasta 90 días sin derecho a trabajar.
Tipos de residencia.
La ley 14/2013 establece 5 tipos de Autorización de Residencia:
A/ INVERSORES.
.Objetivo. Inversión Significativa.
-Inversión inicial de 2 Millones en títulos de deuda pública o 1 millón en acciones.
-Adquirir bienes inmuebles en España, con valor igual o superior a 500.000 euros.
-Proyecto Empresarial (de interés general).
-Creación de puestos de trabajo.
-Impacto socioeconómico.
-Innovación tecnológica.
–La duración mínima de la residencia son 2 años.
Requisitos Específicos Principales.
–Mantener inversión
-Cumplimiento obligaciones tributarias y de Seg. Social
B/ EMPRENDEDORES.
.Objetivo. Preparativos para desarrollar actividad emprendedora.
Requisitos Específicos Principales.
-Carácter innovador
-Interés económico para España.
C/ PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS.
.¿Qué profesionales?
1/ Personal cualificado en empresas:
.Mayor o igual a 250 trabajadores.
.Cifra neta de negocios mayor de 50 Millones.
.Inversión bruta mayor o igual de 1 Millón.
2/ Personal cualificado en empresas con INTERES PARA ESPAÑA:
.Creación de puestos de trabajo.
.Inversión extraordinaria.
.Innovación Científica y Tecnológica.
D/ INVESTIGADORES.
Para:
-Empresa pública.
-Empresa privada.
-Universidades.
-Centros I + D.
E/ MOVIMIENTOS ENTRE EMPRESAS.
¿De qué profesionales hablamos?
-Extranjeros desplazados por su empresa a España.
¿Qué necesitan? AUTORIZACION RESIDENCIA TRASLADO INTERPROFESIONAL
Requisitos Específicos Principales.
-Relación laboral/profesional.
-Titulación Superior.
Requisitos Generales para todas las Autorizaciones
-Ámbito geográfico. Todo el territorio nacional.
-No haber entrado de forma irregular.
-Mayor 18 años.
-Sin antecedentes penales.
-Tener cubierto un seguro de salud.
-Recursos económicos suficientes.
-Abonar la tasa.
* La tramitación se realiza en la Misión Diplomática.