INCENTIVOS CONTRATACIÓN A MENORES 30 AÑOS

El Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, publicado en el BOE el día 23 de febrero y en vigor desde el 24 de febrero, contempla una serie de incentivos para la contratación de jóvenes desempleados menores de 30 años:

Contratos a tiempo parcial con formación:

Las empresas que celebren contratos a tiempo parcial con vinculación formativa con jóvenes desempleados menores de 30 años, tendrán derecho, durante un máximo de 12 meses, a una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado, del 75% en empresas de más de 250 trabajadores y de un 100% para el resto. Este incentivo podrá ser prorrogado por otros 12 meses, siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con la formación.

-Contratos indefinidos:

Para los autónomos y las microempresas (que tengan en plantilla hasta 9 trabajadores), se contempla una bonificación del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes, por la contratación con carácter de indefinida a jóvenes menores de 30 años que estén desempleados. Esta bonificación del 100% se podrá aplicar sólo durante el primer año del contrato indefinido.

Contrato “primer empleo joven”:

Es un contrato temporal que puede ser a tiempo parcial (75% de la jornada) o a jornada completa, al que se pueden acoger empresas y autónomos que, en los 6 meses anteriores, no hayan despedido improcedentemente a ningún trabajador.  Este contrato temporal está pensado para jóvenes menores de 30 años desempleados y que no tengan experiencia o escasa experiencia  (menos de 3 meses) para el puesto de trabajo ofertado.
La duración del contrato temporal será de 3 meses, como mínimo, y 6 meses como máximo (aunque por convenio se puede ampliar a 12 meses) que, en caso de que se transforme a indefinido, tendrán derecho a una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de:

  • 41,67 euros/mes (500 euros/año), durante tres años, siempre que la jornada pactada sea al menos del 50% de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable.
  •  Si el contrato se hubiera celebrado con una mujer, la bonificación por transformación será de 58,33 euros/mes (700 euros/año).

Para la aplicación de los beneficios, la empresa deberá mantener el nivel de empleo alcanzado (es decir, no despedir a nadie salvo despido objeto o disciplinario procedente) durante, al menos, doce meses. En caso de incumplimiento de esta obligación se deberá proceder al reintegro de los incentivos.

Contratos en prácticas:

Destinado a jóvenes de hasta 30 años que hayan terminado su formación y quieran tener su primera experiencia laboral relacionada con sus estudios o titulación. Las empresas que los contraten podrán, durante toda la vigencia del contrato, acogerse a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.  

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