Cuando un trabajador, con un contrato en vigor con una empresa, acude a ofertas de empleo en aras de una mejora, ya sea, por motivos económicos, de responsabilidad o por un cambio de aires, suele solicitar a la nueva empresa la firma de precontrato antes de causar baja en la empresa actual, para asegurarse así una cierta vinculación.
Pero, no es raro, que por motivos diversos, alguna de las partes rompa el acuerdo firmado, no incorporándose a su puesto de trabajo. En dicho caso, al no existir un contrato laboral sino sólo un compromiso de contratación, serán los tribunales los que determinen las responsabilidades y consecuencias de dicho incumplimiento.
¿Qué supone romper un precontrato laboral?
Un precontrato laboral tiene carácter vinculante, por lo que su incumplimiento podrá conllevar las correspondientes indemnizaciones por daños y perjuicios. Art. 1101 del Código Civil.
Si el que incumple es el trabajador, la empresa podrá exigir los daños ocasionados, como gastos de formación o la entrega de determinados artículos o enseres.
Si el que incumple es la empresa, igualmente el trabajador podrá reclamar, a la empresa todos los gastos ocasionados, ya sea por traslado, formación, mudanzas, etc…pudiendo, también, el trabajador solicitar los daños ocasionados por haber dejado su puesto anterior y no tener tampoco derecho a prestación por desempleo.
Al no existir una indemnización legalmente establecida, serán los jueces quienes determinen la cantidad a abonar.
Limita la cantidad a reclamar.
Para evitar que puedan producirse unas indemnizaciones elevadas, es recomendable incluir cláusulas en los precontratos que limiten dicha cantidad según se produzcan unas u otras circunstancias. También, en caso de negarse alguna de las partes a firmar dichas clausulas, se puede optar por la incorporación y presentar la baja por no superar el periodo de prueba, una vez firmado el correspondiente contrato de trabajo. Si necesitas ayuda a la hora de redactar un precontrato te recomendamos que recurras a los profesionales de nuestra gestoría laboral.