Mucho se ha debatido sobre la “obligación” que tienen las empresas de asumir los daños y/o gastos que pueda ocasionar un trabajador/a negligente o descuidado. Muchos empresarios se preguntan. ¿Por qué tengo yo que cargar con los daños que ha
Una respuesta rápida sería decir NO. Según el art. 7 ap. e) de la ley 35/2006 del impuesto de la renta de las personas físicas dice que están EXENTAS “Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía