Existe mucha controversia sobre los límites al poder de dirección del empresario, muy especialmente en lo referente a los cambios de centros de trabajo que puede disponer la empresa sobre sus trabajadores/as. El artículo 20.2 del Estatuto de los trabajadores, declara el “poder de dirección” del empresario, y también establece la obligación y el deber
A lo largo de la duración de una relación laboral, se pueden dar tres tipos de circunstancias que produzcan modificaciones en las condiciones del contrato: Movilidad funcional: La empresa puede cambiar las funciones de un empleado dentro del mismo grupo empresarial, siempre que el trabajador tenga las titulaciones académicas o profesionales. Si las funciones pertenecen