El Estatuto de los Trabajadores, prohíbe expresamente la admisión al trabajo a los menores de 16 años, así el contrato de trabajo celebrado por un menor de 16 años se declararía nulo.

El Estatuto de los Trabajadores, prohíbe expresamente la admisión al trabajo a los menores de 16 años, así el contrato de trabajo celebrado por un menor de 16 años se declararía nulo.