¿Sabes si tu empresa puede descontarte salarios pagados por error?

La Sentencia del Tribunal Supremo 2392/2025, de 21 de mayo, ha resuelto una cuestión clave para las relaciones laborales: ¿puede una empresa, de forma unilateral, descontar de tu nómina cantidades abonadas por error?

Este asunto genera siempre fricción: por un lado, la empresa necesita corregir fallos de cálculo en las nóminas; por otro, el trabajador se ampara en el artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores, que define todo lo pagado como “salario”, salvo excepciones muy concretas.

¿Dónde está el límite? Veámoslo paso a paso.

El caso que originó la sentencia

Una empresa subrogó a personal que tenía pagas extra prorrateadas. Al cambiar el sistema a pagas extras íntegras en su fecha de devengo, se produjo un error de cálculo y se abonó más dinero del que correspondía.

Cuando la empresa quiso corregir la situación y compensar el exceso en nóminas posteriores, surgió el conflicto.

Postura de las partes

Personas trabajadoras

  • Alegaron que la empresa no puede actuar como juez y parte.
  • Consideraron el descuento como un caso de “autotutela” ilegítima.
  • Señalaron que, si existe deuda, debe reclamarse judicialmente.
  • Además, al ser un cálculo complejo e individualizado, no había certeza sobre la deuda.

Empresa demandada

  • Defendió que era un error claro y objetivo.
  • Informó tanto de forma colectiva como individual a las personas afectadas.
  • Argumentó que la deuda cumplía los requisitos legales de:
    • Vencida
    • Líquida
    • Exigible

La decisión de los tribunales

Audiencia Nacional: dio la razón a la empresa y validó la compensación sin necesidad de juicio previo.

Tribunal Supremo: confirmó el fallo y estableció que la empresa puede descontar salarios pagados por error, siempre que concurran los requisitos del art. 1196 del Código Civil.

Compensación o autotutela: ¿qué diferencia hay?

El Supremo hace una distinción clara:

Compensación Autotutela
Institución del Derecho Civil Privilegio exclusivo de la Administración
Legítima entre particulares Resolución unilateral de conflictos
Requiere deuda vencida, líquida y exigible Incluye ejecución forzosa
No hay controversia Sí hay controversia

En este caso, el tribunal consideró que se trataba de una compensación legítima porque:

  • El error era objetivo y claro.
  • La deuda estaba vencida, líquida y exigible.
  • No existía controversia sobre su existencia.

¿Qué significa esto para empresas y trabajadores?

  • Para la empresa: puede corregir errores en nómina mediante compensación siempre que cumpla las condiciones (error evidente, deuda clara, comunicación al trabajador).
  • Para el trabajador: si existe duda, desacuerdo o controversia sobre el importe, puede acudir a la vía judicial para defender sus derechos.

Lo que realmente importa

La doctrina del Supremo es clara:
se pueden descontar salarios pagados de más, pero únicamente cuando se trate de errores evidentes y no exista controversia.
No procede la compensación si hay discusión sobre la existencia o la cuantía de la deuda.

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