SABIA QUE ES OBLIGATORIO TENER UN 30% PLANTILLA FIJA EN EMPRESAS DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCION

El art. 11 del Capítulo III del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, establece el porcentaje mínimo de trabajadores contratados con carácter indefinido en empresas del sector de la construcción. Dicho porcentaje corresponde al 30% del total de su plantilla.

¿A qué empresas afecta esta obligación?
  •  Se trata de empresas dentro del sector de la construcción. Por ello no solo se incluye empresas de construcción (en sentido estricto), sino también otras empresas que actúan de alguna forma dentro de dicho sector (instalaciones eléctricas, mantenimiento, fontanería,etc)
  • Periodo de referencia a tener en cuenta son los últimos 12 meses anteriores al cálculo.

 * En caso de empresas de nueva creación el periodo 12 meses se reducirá desde inicio actividad al momento del cálculo.

*En el caso de trabajadores a tiempo parcial, para el porcentaje se tendrá en cuenta la jornada de trabajo realizada en proporción de un trabajador a tiempo completo

Existen algunas excepciones:

-Respecto a las empresas de nueva creación. Este requisito debe ser cumplido desde el sexto mes de su inicio de actividad.

-Que en los 12 meses anteriores haya realizado obras, incluidas dentro de la ley reguladora de la subcontratación, y cuya duración acumulada no haya sido inferior a 6 meses.

¿Cuál es la fórmula para determinar el número de trabajadores fijos que debe tener la empresa?
Un ejemplo

 1/ PLANTILLA EMPRESA

Días trabajados por todos los trabajadores 12 meses anterioes (6935 días/365)= 19(plantilla total empresa)

2/TRABAJADORES CON CONTRATO INDEFINIDO NECESARIOS PARA CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN LEGAL

Días trabajados por trabajadores con contrato indefinido 12 meses anteriores (1825/365)= 5                                         

*Si la empresa tiene 5 o más trabajadores, está cumpliendo con el requisito, en caso contrario, necesitará convertir los contratos temporales necesarios para cumplir con el número exigible de trabajadores indefinidos

¿Qué sanción tiene su incumplimiento?

La ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, lo considera como una falta muy grave sancionable entre los 6.251 euros en su grado mínimo y los 187.515 euros en su grado máximo

 

 

 

 

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Una respuesta a “SABIA QUE ES OBLIGATORIO TENER UN 30% PLANTILLA FIJA EN EMPRESAS DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCION”

  1. Ana dice:

    Buenos días

    Buscando información respecto al tema del 30 % me he encontrado con su articulo el cual me ha parecido muy interesante. Solo me genera una duda respecto a ese 30% , es si la empresa subcontrata a un autonomo con trabajadores u otra empresa que no cumpla ese 30% en caso de inspeccion es responsable.

    Se que a nivel salarial y de prevención si pero con esto no me queda claro.

    Gracias

    Un saludo

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