En el Sabía qué? De mayo del año 2015, detallamos en profundidad, las características del contrato a tiempo parcial. Dentro del detalle indicamos lo importante del “REGISTRO DIARIO DE LAS HORAS A TIEMPO PARCIAL”. PINCHA AQUI
En este número, queremos incidir en la importancia de tener registradas las horas diarias realizadas por todos aquellos trabajadores con jornadas a tiempo parcial.
-El Real Decreto-ley 16/2013 introdujo la obligación legal del “registro diario de las jornadas de trabajo que prestan los trabajadores a tiempo parcial”. Se introduce en la nueva redacción dada al artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, en cuyo apartado 5 h) se recoge:
“h) La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.
El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.
En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.”
En función de esta obligación, junto con la nómina se debe entregar mensualmente al trabajador una copia del cómputo de horas del mes (ordinarias y complementarias). Dichos resúmenes mensuales deben guardarse a disposición de las autoridades competentes al menos cuatro años.
Dicho incumplimiento, supondrá la presunción que el contrato está realizado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.
El Real Decreto Ley no establece un formato “tipo”, pero entendemos que dicho registro deben contener los siguientes elementos:
1) Nombre, Cif, Dirección, etc de la Empresa
2) Nombre, apellidos del Trabajador
3) Cómputo de la Jornada a tiempo parcial
4) Detalle de las horas realizadas (Ordinarias y Complementarias) detalladas por día efectivo de trabajo
5) Firma del representante legal de la empresa
6) Recibí del Trabajador
La Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social en su “Plan para el año 2016 ha intensificado los controles y está revisando todos los aspectos de la actividad de la empresa y sobre todo los horarios de los trabajadores y los registros de las horas realizadas por los trabajadores a tiempo parcial.
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