¿QUÉ SUCEDE CUANDO HAY UNA BAJA POR MATERNIDAD?

Cuando una trabajadora tiene un hijo, cursa baja por maternidad de 16 semanas (112 días). Durante este periodo a la trabajadora le paga el sueldo la Seguridad Social, pero la empresa tiene que seguir pagando los seguros sociales. Si durante el tiempo que la trabajadora está de baja por maternidad, la empresa contrata a una persona demandante de empleo en el INEM, entonces, la empresa sólo tendrá que pagar el salario

bruto (total devengado de la nómina) de la nueva contratación, bonificándose tanto los seguros sociales de la madre como de la nueva persona. La bonificación sólo se aplica durante el tiempo que esté contratada la nueva persona.

Cuando se contrata a una mujer embarazada, la empresa tiene que darle permiso para asistir a las clases de preparación al parto y asistir a la realización de las pruebas necesarias sin poder descontárselo en la nómina. Si durante el embarazo, la trabajadora sufriera una baja por enfermedad, se actúa igual que en el esto de los casos:

– Los 3 primeros días la trabajadora no cobra nada.

– del 4 día de la baja al 15, cobra el 60 % de la base del mes anterior

-del 16 al 20, también cobra el 60 %, pero se lo resta la empresa en los seguros sociales (TC1)

– del 21 en adelante, cobra el 75 % y esa cantidad te la restas en los TC1

La empresa tendrá que pagar también la seguridad social de la trabajadora y aunque contrate a una persona para sustituirla, no se puede bonificar nada.

Sepa, además, que una vez reincorporada la trabajadora, ésta tiene una serie de derechos que la empresa debe respetar. Hasta los 9 meses, la trabajadora tiene permiso por lactancia, que es retribuido, y que consiste en una hora de ausencia para lactancia que se podrá dividir en dos fracciones de media hora y que incluso, si el Convenio lo permite, acumularse en jornadas completas, resultando de dividir los días laborables que le quedan al bebé para cumplir los 9 meses entre 8, que son las horas de una jornada completa.

Despúes del periodo de lactancia, la trabajadora tiene derecho a solicitar una reducción de jornada para la guarda legal del menor hasta que cumpla los 8 años. Esta reducción puede ser de entre un octavo y la mitad de la jornada, pero, eso sí, siempre dentro del horario asignado a la trabajadora.

Por último, tenga en consideración que las cotizaciones a la Seguridad Social de aquellas trabajadoras de baja por maternidad que tengan contrato indefinido, cuando se reincorporen tendrán una bonificación de 1.200 euros anuales durante los 4 años siguientes a la reincorporación (si está a jornada completa o la parte proporcional si es a jornada parcial).

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Una respuesta a “¿QUÉ SUCEDE CUANDO HAY UNA BAJA POR MATERNIDAD?”

  1. Paula dice:

    Hola Quisiera saber si una mujer que estando en paro y cobrando el mismo tiene un hijo y cobra la baja de maternidad , durante esta baja cotizará para la jubilación a futuro ? Muchas gracias

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