¿Qué pasa si no me llaman? La realidad de los contratos fijos discontinuos

¿Tienes un contrato fijo discontinuo y estás esperando que te llamen para reincorporarte? ¿Te preocupa que no llegue ese aviso y no sepas qué hacer? Este tipo de contrato es común en sectores con actividades estacionales, pero muchas veces surgen dudas sobre qué derechos tienes si no recibes el esperado «llamamiento».

En este artículo te explicamos qué implica este tipo de contrato, qué obligaciones tiene la empresa y qué pasos puedes seguir si no te llaman para volver al trabajo cuando deberían hacerlo.

¿Qué es un contrato fijo discontinuo?

Se trata de un contrato indefinido, pero no continuo. Es decir, trabajas durante ciertos periodos del año, normalmente ligados a campañas o actividades estacionales, y el resto del tiempo la relación laboral queda suspendida, no finalizada.

Ejemplo: Personal de prevención de incendios, monitores de escuelas de verano, vendimiadores, etc.

Durante el tiempo de inactividad, el trabajador puede solicitar la prestación por desempleo, aunque no haya sido despedido.

¿Qué es el llamamiento y cómo debe hacerse?

Cuando vuelve a arrancar la actividad para la que fuiste contratado, la empresa tiene la obligación de llamarte. Este procedimiento se denomina «llamamiento».

  • Debe realizarse siguiendo el orden y forma que indique el Convenio Colectivo aplicable.
  • Lo habitual es que se comunique con un mínimo de días de antelación, mediante carta certificada, burofax u otro medio fehaciente.

La empresa también debe comunicar este llamamiento al SEPE.

¿Qué pasa si no puedes incorporarte?

Las consecuencias dependen del motivo:

  • Fuerza mayor (accidente, causa justificada): Mantienes tu derecho al llamamiento futuro.
  • Voluntad del trabajador: Se considera una renuncia tácita al puesto.
  • Incapacidad temporal (baja médica): La empresa debe llamarte igual y respetar tu puesto hasta el alta. Si no lo hace, podría considerarse despido.

¿Qué ocurre si no recibes el llamamiento o llaman a otros?

La falta de llamamiento puede ser considerada un despido improcedente si no se justifica debidamente, o incluso nulo si se demuestra discriminación.

También puede ocurrir que se llame a otros trabajadores fuera de orden, incumpliendo el convenio. Esto también puede dar lugar a una reclamación por despido.

¿Qué puede hacer un trabajador ante la falta de llamamiento?

Dispones de 20 días hábiles para actuar desde que tienes conocimiento de que la actividad ha comenzado y no has sido llamado.

Dos caminos posibles:

A) Burofax solicitando aclaración:
Una vía amistosa para que la empresa aclare tu situación. Puedes fijar un plazo para recibir respuesta. No interrumpe el plazo legal para reclamar, pero a veces soluciona el problema sin llegar a juicio.

B) Papeleta de conciliación y demanda:
Si no hay respuesta, puedes presentar una papeleta de conciliación por despido y, en caso de no acuerdo, una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social.

Consejo: Revisa tus medios de contacto. Muchas empresas hacen el llamamiento por teléfono, email o SMS. Es clave mantener tus datos actualizados.

¿Sabías que no ser llamado puede considerarse un despido?

Tener un contrato fijo discontinuo no significa que pierdas derechos entre campañas. Si no te llaman cuando deberían, puede tratarse de un despido improcedente o incluso nulo. ¿Estás seguro de que tu empresa está actuando correctamente?

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