CAMBIOS EN LAS BASES MÍNIMAS DE COTIZACIÓN PARA LOS AUTÓNOMOS

 

El pasado 28 de junio se publicó en el BOE la Ley de Presupuestos para el año 2017, de los mismos les destacamos los aspectos más relevantes.

Para los trabajadores autónomos, a partir del mes de julio verán aumenta la base mínima de cotización y esta  será de 919,80 euros mensuales, (hasta ahora era de 893,10 €), por lo que el trabajador autónomo tendrá un aumento  en la cuota a pagar de 8 euros más al mes.

También se modifica la base de autónomos de 48 o más años cumplidos,  a fecha 01 de julio, los autónomos que tuvieran 48 o más años cumplidos, su base de cotización estará comprendida entre las cuantías de 992,10 y 2.023,50 euros mensuales.

Para los trabajadores por cuenta ajena, se mantienen las bonificaciones para el 2017, en los supuestos de Riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, la trabajadora, en virtud de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sea destinada a un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado, se aplicará, con respecto a las cuotas devengadas durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo o función, una bonificación del 50 por ciento de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. 

Esa misma bonificación será aplicable, en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen, en aquellos casos en que, por razón de enfermedad profesional, se produzca un cambio de puesto de trabajo en la misma empresa o el desempeño, en otra distinta, de un puesto de trabajo compatible.

 

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