Si eres autónomo y para el desarrollo de tu actividad, tienes que pernoctar fuera de tu casa y comer en bares o restaurantes, debes saber, antes que nada, si es o no un gasto deducible y hasta qué limite.
A partir del 1 de Enero de 2018 podrás deducirte los gastos de restaurantes y hoteles con los siguientes límites máximos diarios:
Aunque estas cuantías son iguales a las dietas exentas aplicables a los trabajadores por cuenta ajena, en este caso la ley no exige que exista desplazamiento a un municipio distinto al de tu domicilio.
Por lo tanto, podrás deducirte los gastos de manutención soportados en tu propio domicilio siempre que estén relacionados con la actividad y cumpliendo los requisitos que hemos mencionado.
Si necesitas asesoramiento personalizado sobre lo que puedes deducirte, consúltanos.