Las acciones cotizadas deben valorarse por su valor medio de cotización en el cuarto trimestre del año correspondiente. Estos valores son publicados en el Boletín Oficial del Estado por medio de una Orden del Ministerio de Hacienda.
Desde GIE Abogados lamentamos que el 9 de mayo, el Pleno del Tribunal Supremo no haya podido pronunciarse a los efectos de poder sentar unos criterios jurisprudenciales claros en cuanto a la reclamación de las “participaciones preferentes” en la vía judicial. Dicho pronunciamiento estaba previsto para el día de hoy, pero de una forma imprevista