Si es Vd. socio capitalista de una empresa (no trabajador ni administrador de la sociedad), tiene menos del 40% y estas participaciones las ostenta desde su constitución o dentro de los 3 años de su vigencia, sepa que si vende estas acciones transcurridos 3 años desde su inversión (pero menos de 10 años), no tendrá que tributar en el IRPF por la ganancia patrimonial que haya obtenido por la venta de sus acciones.
SU GESTOR LE ACONSEJA: SI ES SOCIO CAPITALISTA, CUANDO VENDA, NO PAGARÁ IMPUESTOS
#Creativo.
#Gestión de conflictos laborales.
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Sepa Vd. que si su sociedad vende un inmueble obteniendo una ganancia patrimonial, está obligado a tributar por el Impuesto de Sociedades, pero que si ese beneficio lo reinvierte en quitarse endeudamiento financiero, cancelando total o parcialmente préstamos de la empresa, puede aplicar una deducción por reinversión del 12% en el Impuesto de Sociedades correspondiente
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