¿SABÍA QUE… SE PUEDE COMPATIBILIZAR EL COBRO DEL ERTE CON UN TRABAJO A TIEMPO PARCIAL?

El Real Decreto ley 30/2020, de 29 septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, incluyó una novedad muy importante y que ha quedado ensombrecida por los nuevos ertes.

En los art. 11 y 12 de dicho Real Decreto ley, se RECONOCE, la posibilidad de que aquellas personas que estén cobrando la prestación por desempleo debido a un erte por covid, y a su vez estén trabajando a tiempo parcial en otra empresa, NO SE DEDUZCA DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO, la parte correspondiente al trabajo a tiempo parcial.

Hasta la fecha, aquellas personas que se encontraban en aquella situación, veían mermada su prestación por desempleo en proporcion a la jornada a tiempo parcial del otro contrato.

En el art. 11 del Real Decreto ley 30/2020, se reconoce dicha posibilidad desde su entrada en vigor que fue el día 29/09/2020, pero…

¿Qué pasa con aquellas situaciones ocurridas con anterioridad a esa fecha?

El propio Real Decreto ley 30/2020, da solución ha dicho problema en su art. 12, donde RECONOCE, la posibilidad de SOLICITAR la “compensación económica”, por las deducciones que se han realizado “indebidamente” hasta la fecha.

Es decir, de una parte, automáticamente no se deducirán la jornada del contrato a tiempo parcial (art. 11) y de otra parte se da la posibilidad de solicitar la compensación por las pérdidas económicas sufridas hasta la fecha.

En este segundo caso, como hemos dicho anteriormente, se ha necesario SOLICITARLO NECESARIAMENTE POR MEDIO DE LA SEDE ELECTRONICA DEL SEPE. El plazo comienza desde la entrada en vigor de este real decreto-ley (29/09/2020) y hasta el día 30/06/2021

El SEPE, se obliga a resolver los expedientes presentados hasta el día 31/07/2021. Si se presenta la solicitud fuera de plazo, quedará DESESTIMADA.

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