NOVEDADES LABORALES INICIO AÑO 2020. SIN NOVEDAD

El Real decreto- ley 18/2019 de 27 diciembre (publicado el 28 diciembre 2019), desarrolla diversas medidas laborales, como:

1/ Bases Máximas-Mínimas/ Topes Máximo-Mínimos de cotización.          PRORROGADAS las del año 2019.

2/ Tipos de Cotización diferentes Regímenes. PRORROGADAS las del año 2019.

3/ Orden de Cotización. PRORROGADA la del año 2019.

4/ SMI (900 euros). PRORROGADA la del año 2019. ULTIMA HORA. Según parece subirá a 950 euros mes. Esperamos desarrollo normativo.

La ÚNICA novedad aunque ya conocida es el aumento de la duración de la antigua prestación denomina “Paternidad”, y que desde el Real Decreto- Ley 6/2019 de 1 de marzo se denomina “Corresponsabilidad en el cuidado del Lactante”.

En el Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo, se desarrollaba la ampliación de la duración de dicho permiso hasta igualarlo con la Maternidad, conocida actualmente como prestación para el “Nacimiento y cuidado del menor”. Se prevé que en el año 2021 llegue a las 16 semanas. En el año 2020, se eleva de 8 a  12 semanas. Recordamos en pinceladas rápidas, las principales características:

-Las primeras 4 semanas deben disfrutarse inmediatamente después del parto de forma ininterrumpida. El resto puede disfrutarse en un periodo de 12 meses desde el parto, y pueden disfrutarse conjuntamente o de forma interrumpida, pero por semanas.

-El permiso se puede disfrutar a tiempo parcial (mínimo del 50%), siempre y cuando haya ACUERDO, entre empresa y trabajador/a

– Se amplía el permiso en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo (una para cada progenitor).

– Se amplía el permiso en 2 semanas más por cada hijo nacido con discapacidad (una para cada progenitor).

-Este permiso es intransferible, no se puede ceder a la madre.

-La prestación es del 100% de la base de cotización del mes anterior al nacimiento de la prestación.

-La prestación está exenta de IRPF. Según ha determinado una reciente sentencia del Tribunal Supremo

Eliminación del permiso por nacimiento de hijo/a.

Caso Especial. En el supuesto de adopción o acogimiento, el permiso será de 16 semanas desde el año 2020, con 6 semanas de disfrute ininterrumpido.

PROXIMAMENTE

 Se anuncian cambios que iremos detallando según se vayan produciendo.

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