Responsabilidad jurídica del asesor: ¿Dónde está la línea roja?

Durante años, los asesores legales y fiscales eran vistos como guardianes de la legalidad, una especie de “paraguas protector” frente a riesgos. Sin embargo, una reciente sentencia de la Audiencia Nacional ha encendido todas las alarmas: un asesor fiscal ha sido condenado a 80 años de prisión en el conocido Caso Nummaria, junto a dos actores de renombre.

¿El motivo? Haber diseñado estructuras societarias nacionales e internacionales para ocultar ingresos y defraudar a Hacienda.
El mensaje es claro: los asesores también pueden sentarse en el banquillo.

El giro del Caso Nummaria: del cliente al asesor

Hasta ahora, la responsabilidad recaía casi siempre en el cliente. Pero esta sentencia marca un antes y un después: el asesor puede ser considerado cooperador necesario si su papel fue clave en la estrategia del fraude.

La reacción en el sector ha sido inmediata: desasosiego, miedo e incertidumbre. ¿Hasta dónde llega la obligación de asesorar? ¿Dónde empieza la responsabilidad penal?

Tipos de responsabilidad del asesor: lo que debes tener claro

1. Responsabilidad civil

Un error, una negligencia o incluso una falta de diligencia pueden derivar en reclamaciones económicas.
El Código Civil (art. 1101) lo recoge con claridad, y la Ley General Tributaria añade un matiz inquietante: el asesor puede responder solidariamente si hubo colaboración activa, dolo o negligencia.

2. Responsabilidad penal

Aquí está la parte más delicada. El artículo 305 del Código Penal contempla el delito fiscal cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros. Si el asesor ha contribuido voluntaria y activamente en el fraude, puede ser acusado como cooperador necesario.
Y no se queda ahí: falsedad documental, blanqueo, insolvencia punible… la lista es larga.

Compliance: el escudo que puede marcar la diferencia

En este nuevo escenario, ya no basta con “hacer bien el trabajo”. Los despachos y las empresas necesitan programas de compliance normativo sólidos que:

  • Detecten áreas de riesgo.
  • Establezcan protocolos claros en el manejo de documentación y datos.
  • Incluyan advertencias escritas al cliente cuando se perciban riesgos.
  • Prevean mecanismos de exención de responsabilidad para el asesor en caso de conductas dudosas del cliente.

El compliance no es un adorno ni un papel para la estantería: es un escudo preventivo frente a responsabilidades que pueden arruinar carreras profesionales y empresas enteras.

Una llamada a la prudencia (y a la acción)

El caso Nummaria es extremo, pero nos deja una enseñanza difícil de ignorar: los asesores ya no están en la sombra, también pueden estar en el punto de mira.

Por eso, ahora más que nunca, la profesión debe reforzar protocolos, blindar actuaciones y elevar el estándar de diligencia. La confianza del cliente es importante, pero proteger la propia responsabilidad es vital.

En Grupo GIE ayudamos a asesores, empresas y despachos a implantar protocolos de compliance y a revisar sus prácticas profesionales para evitar cruzar esa línea peligrosa.

Recuerda que en GRUPO GIE estamos para navegar contigo si tienes cualquier duda sobre tu situación escríbenos en hola@gie.es o contáctanos al 913 17 31 48 o en el WhatsApp 615 406 504 ww.gie.es #Estamoscontigo Mas información en www.gie.es

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