El derecho de reunión en general está reconocido en el art. 21 de la constitución. De este artículo emana por ejemplo los derechos de los trabajadores para reunirse y participar en el ámbito de la empresa.
Se permite la celebración de asambleas en la empresa con algunos requisitos:
-se deben celebrar en el centro de trabajo.
-siempre fuera del horario de trabajo.
-se debe comunicar su celebración con antelación de 48 horas.
¿Qué és la REPRESENTACION SINDICAL?
Es la representación de los trabajadores afiliados a un sindicato. SOLO representan a su sindicato y a sus afiliados.
Fundamento: Ley orgánica de Libertad Sindical de 11/1985 2 agosto.
Afiliación: en principio todos los trabajadores pueden afiliarse a un sindicato, salvo:
-Fuerzas armadas.
-Jueces, fiscales en activo.
-Autónomos con trabajadores a su servicio.
Tipos de sindicatos:
+ Representativo a nivel nacional. Obtienen en las elecciones el 10% ó + del total de DP(delegados personal) y CE(comités de empresa) en toda España(UGT Y CCOO).
+ Representativos a nivel CCAA. Obtienen en las elecciones el 15% o + del total de DP y CE en la CCAA. Siempre y cuando tenga igual o más de 1500 representantes(por ejemplo ELA-STV en el País Vasco).
+ Representativos en otros ámbitos. Obtienen el 10% o + en un sector
Concreto.
¿Cómo participan los sindicatos en las empresas?
Secciones Sindicales. Son grupos de trabajadores afiliados a un sindicato dentro de la empresa o centro de trabajo(el poder dependerá del número de trabajadores afiliados)
Derechos.
-A reunirse.
– A informar a los trabajadores.
-A recaudar cuotas del sindicato.
-A tener tablón de anuncios.
– Pueden negociar convenios de empresa.
-En aquellas empresa de + 250 trabajadores tienen derecho a local de reuniones.
Delegados sindicales. Representan a su sección sindical en la empresa.
¿Qué requisitos necesitan?
.Empresa/centro de trabajo con 250 o + trabajadores
.Que el sindicato tenga al menos 1 miembro en el CE.
“Privilegios”. Los mismos que los delegados de personal y Comités de Empresa + :
–Asistencia sin voto en las reuniones de los comités de Seguridad y Salud en el trabajo.
–Ser escuchados en medidas de carácter colectivo.
¿Cúantos Delegados Sindicales puede haber?
¿Qué es la REPRESENTACION UNITARIA?
Es la representación elegida por todos los trabajadores y que REPRESENTA A TODOS.
Funciones:
-Recibir información económica y laboral.
-Se les notifica sobre sanciones y despidos.
-Vigilancia sobre prevención riesgos laborales,etc.
“Privilegios”:
-Prioridad permanencia en la empresa.
-No ser despedidos durante su mandato y 1 año siguiente.
-Participar en Expediente Contradictorio sobre sanciones a los trabajadores.
-* Crédito horario para el ejercicio de sus funciones.