¿QUIENES SON LOS QUE REPRESENTAN A LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA?

El derecho de reunión en general está reconocido en el art. 21 de la constitución. De este artículo emana por ejemplo los derechos de los trabajadores para reunirse y participar en el ámbito de la empresa.

Se permite la celebración de asambleas en la empresa con algunos requisitos:

-se deben celebrar en el centro de trabajo.

-siempre fuera del horario de trabajo.

-se debe comunicar su celebración con antelación de 48 horas.

 

¿Qué és la REPRESENTACION SINDICAL?

 Es la representación de los trabajadores afiliados a un sindicato. SOLO representan a su sindicato y a sus afiliados.

Fundamento: Ley orgánica de Libertad Sindical de 11/1985 2 agosto.

Afiliación: en principio todos los trabajadores pueden afiliarse a un sindicato, salvo:

-Fuerzas armadas.

-Jueces, fiscales en activo.

-Autónomos con trabajadores a su servicio.

Tipos de sindicatos:

 + Representativo a nivel nacional. Obtienen en las elecciones el 10% ó + del total de DP(delegados personal) y CE(comités de empresa) en toda España(UGT Y CCOO).

+ Representativos a nivel CCAA. Obtienen en las elecciones el 15% o + del total de DP y CE en la CCAA. Siempre y cuando tenga  igual o más de 1500 representantes(por ejemplo ELA-STV en el País Vasco).

+ Representativos en otros ámbitos. Obtienen el 10% o + en un sector

Concreto.

¿Cómo participan los sindicatos en las empresas?

 Secciones Sindicales. Son grupos de trabajadores afiliados a un sindicato dentro de la empresa o centro de trabajo(el poder dependerá del número de trabajadores afiliados)

Derechos.

-A reunirse.

– A informar a los trabajadores.

-A recaudar cuotas del sindicato.

-A tener tablón de anuncios.

– Pueden negociar convenios de empresa.

-En aquellas empresa de + 250 trabajadores tienen derecho a local de reuniones.

Delegados sindicales. Representan a su sección sindical en la empresa.

¿Qué requisitos necesitan?

.Empresa/centro de trabajo con 250 o + trabajadores

.Que el sindicato tenga al menos 1 miembro en el CE.

“Privilegios”. Los mismos que los delegados de personal y Comités de Empresa + :

Asistencia sin voto en las reuniones de los comités de Seguridad y Salud en el trabajo.

Ser escuchados en medidas de carácter colectivo.

¿Cúantos Delegados Sindicales puede haber?

 

¿Qué es la REPRESENTACION UNITARIA?

 Es la representación elegida por todos los trabajadores y que REPRESENTA A TODOS.

 

Funciones:

-Recibir información económica y laboral.

-Se les notifica sobre sanciones y despidos.

-Vigilancia sobre prevención riesgos laborales,etc.

“Privilegios”:

-Prioridad permanencia en la empresa.

-No ser despedidos durante su mandato y 1 año siguiente.

-Participar en Expediente Contradictorio sobre sanciones a los trabajadores.

-* Crédito horario para el ejercicio de sus funciones.

“liberado sindical”. Trabajador que acumula el crédito horario del resto, quedando libre de sus funciones laborales.

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