MODIFICACIÓN EN EL CONCEPTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE
Un elemento esencial para ser considerado como TRADE era no tener ningún trabajador a su cargo. Ahora esto queda desmontando por la ley 31/2015 en los siguientes casos:
- a) Supuestos de riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses.
- b) Periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, pre adoptivo o permanente.
- c) Cuidado de menores de siete años que tengan a su cargo.
- d) Tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.
- e) Tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con una discapacidad igual o superior al 33% debidamente acreditada.
*En los supuestos c a e anteriores es necesario además que la jornada del nuevo contrato tenga una jornada equivalente a la reducción de la actividad efectuada por el trabajador autónomo y la duración del contrato se vincula mientras subsista el cuidado del menor de siete años o persona en situación de dependencia o discapacidad a cargo del trabajador autónomo, con una duración máxima, en todo caso, de 12 meses.
Una vez que la causa que dio lugar al contrato finaliza, el TRADE puede formalizar un nuevo contrato siempre que el supuesto suspensivo se mantenga y que, entre el final del contrato y la nueva contratación pase un mínimo de 12 meses, excepto en los casos de riesgo para el embarazo o lactancia o los descansos por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
DESEMPLEO-AUTONOMO
Los desempleados que inicien una actividad como autónomos sin límite de edad, podrán compatibilizar trabajar y cobrar el paro a la vez durante nueve meses y no sólo los menores de treinta años como hasta ahora.
Los desempleados que estén cobrando el paro y emprendan como autónomos, y posteriormente cesen en su actividad, podrán solicitar la reanudación del cobro de la prestación por desempleo hasta cinco años después de haber iniciado su actividad, en lugar de sólo dos años como hasta ahora. Aunque a partir de los dos años deberá acreditar causas económicas u organizativas.(Segunda Oportunidad)
Capitalización del desempleo: La novedad más importante es la posibilidad de dedicar el 100% de la capitalización del desempleo a la inversión inicial, independientemente de la edad.
Se podrá realizar también una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación o constituídas hace menos de doce meses (siempre y cuando se tenga el control efectivo de la empresa ) y utilizar la capitalización para cubrir los gastos de constitución o aportación así como para adquirir servicios específicos de asesoramiento, formación e información.
INCENTIVOS
Bonificaciones autónomos colaboradores: Se amplía el incentivo para el alta en la afiliación de nuevos familiares colaboradores hasta 24 meses desde los 18 actuales. Eso sí, la bonificación en estos 6 meses adicionales será de sólo el 25%.
Apoyo a la conciliación de los autónomos dependientes (Trade): se refuerza su protección en casos de maternidad o paternidad o de cuidado de menores de siete
años, permitiendo que contraten a un autónomo que les sustituya y bonificando con hasta el 100% su cuota de autónomos.
Ampliación de las bonificaciones para la incorporación de socios en entidades de economía social: bonificación de 800 €/año a lo largo de tres años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Para menores de 30 años se aumenta la cuantía a 1.650 € el primer año.
Apoyo a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción: pasan a ser consideradas entidades prestadoras de servicios de interés económico general, lo que permite que se amplíe hasta 500.000 euros el tope de subvenciones públicas que pueden recibir en tres años. Además se fomentará la reserva de mercado público para ellas en los concursos de licitación y se bonificará a las empresas que contraten trabajadores provenientes de las empresas de inserción.
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