¿Hay que declarar las cestas de Navidad?

Llega diciembre, suenan los villancicos en los pasillos de la oficina, los calendarios se imprimen y… ¡aparecen las esperadas cestas de Navidad!
Jamón, vino, turrones, paté… Todo envuelto con cariño, con un lazo rojo y un mensaje de agradecimiento de la empresa a su equipo.

Ahora bien, ¿qué pasa con Hacienda?
¿Ese regalo tan tradicional también se “registra” fiscalmente? Pues sí. Y aquí te lo contamos sin rodeos, sin tecnicismos y con claridad.

¿Por qué Hacienda se mete con las cestas de Navidad?

Aunque parezca increíble, la cesta navideña se considera una retribución en especie. Es decir, es un beneficio que recibe un trabajador y que no es dinero, pero sí tiene valor económico.

Y si algo tiene valor… Hacienda lo quiere en su radar.

Resumen rápido: Si una empresa da una cesta a sus empleados, debe declararla como parte del salario, aunque sea en especie. Y el trabajador también tiene que tributar por ella.

Pero entonces… ¿es legal que mi empresa me regale una cesta?

¡Por supuesto! Nadie va a prohibir los polvorones.
Lo importante es declararlo bien, tanto desde la empresa como en la nómina del trabajador.

  • La empresa tiene que incluir el valor de la cesta como retribución en especie.

  • Y eso, a su vez, genera una pequeña retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social.

Sí, incluso si la cesta viene con jamón ibérico. 

¿Y si es una tradición? ¿También hay que declararla?

Esta es una de las dudas más frecuentes.

Muchas empresas dicen: “Llevamos 20 años regalándola, ¡es una costumbre!”.
Y eso, precisamente, refuerza el argumento de Hacienda para que se declare.

¿Por qué? Porque si algo se da todos los años, no es un regalo puntual, es parte del paquete retributivo. Así que la tradición, en este caso, no exime de cumplir con la norma fiscal.

¿Y cómo se declara exactamente?

No te preocupes, no vamos a entrar en tecnicismos. Pero sí necesitas saber esto:

  • El valor de la cesta debe reflejarse en la nómina del trabajador, como retribución en especie.

  • Se le aplican los porcentajes de IRPF y cotización, igual que al resto del salario.

  • La empresa puede deducírselo como gasto, pero siempre que esté correctamente documentado.

Entonces, ¿hay que declarar las cestas?

Sí. Si tu empresa te regala una cesta (por pequeña que sea), lo correcto es declararla como parte de tu salario en especie. No hacerlo puede parecer insignificante… hasta que llegue una inspección.

¿Regalas cestas a tu equipo y no sabes cómo gestionarlo?

En GRUPO GIE llevamos más de 40 años ayudando a empresas a cumplir con Hacienda sin perder el espíritu navideño. Sabemos cómo combinar la tradición con la legalidad fiscal. Porque lo importante no es dejar de regalar, sino hacerlo bien.

¿Te ayudamos a preparar tus regalos con tranquilidad legal?

Escríbenos, llámanos o ven a vernos.
Este año, tu cesta puede seguir teniendo turrón… pero sin sustos con Hacienda.

Recuerda que en GRUPO GIE estamos para navegar contigo si tienes cualquier duda sobre tu situación escríbenos en hola@gie.es o contáctanos al 913 17 31 48 o en el WhatsApp 615 406 504 ww.gie.es #Estamoscontigo Mas información en www.gie.es

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