DISTRIBUCIÓN IRREGULAR DE LA JORNADA DE TRABAJO

Actualmente, con la modificación introducida por la  Ley 3/2012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (en vigor desde el 8 de julio de 2012),  se permite que la empresa pueda distribuir irregularmente a lo largo del año el 10% de la jornada de trabajo de sus empleados.

Solo es necesario cumplir con 2 requisitos:

  • Preavisar al trabajador con 5 días de antelación.
  • Informarle con detalle del día y hora en que debe prestar su trabajo.
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