Ahora, con la nueva Ley de Sociedades de Capital es posible convocar una Junta de Socios a través de la web de la sociedad. ¿Cómo hacerlo?. Lo difícil es acreditar ante notario y ante el Registro Mercantil que dicha publicación ha tenido lugar. Y se prevé dos alternativas: 1) Que el administrador de la sociedad

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