El pasado 3 de octubre se publicó una sentencia del Tribunal Supremo, en la que se establece que las prestaciones de maternidad, adopción, acogimiento o hijo a cargo abonadas generalmente por la seguridad social están exentas de IRPF. Ahora sólo
El pasado 3 de octubre se publicó una sentencia del Tribunal Supremo, en la que se establece que las prestaciones de maternidad, adopción, acogimiento o hijo a cargo abonadas generalmente por la seguridad social están exentas de IRPF. Ahora sólo