Es obligatorio presentar la RENTA si cobras PARO

Todos los desempleados que hayan cobrado una prestación del SEPE, este año 2024 tendrán que presentar la declaración de la renta sea cual sea el importe cobrado. La medida entró en vigor el 1 de noviembre tras la modificación del artículo 299 de la Ley General se la Seguridad Social en el trascurso de la reforma de subsidios.

Por tanto, TODOS los desempleados que durante este año perciban prestaciones del Servicio Público Estatal estarán obligados a presentar la declaración de la Renta, con independencia del tiempo que la haya cobrado o la cuantía de la misma. Da igual si se alcanzan o no los condicionantes generales, la obligatoriedad está recogida por Ley.

El no presentar la declaración no supone sanción administrativa, pero ¡¡ OJO!!  podría suponer la SUSPENSIÓN DE LA PRESTACIÓN, o incluso tener que devolver las cantidades cobradas.

Dada la entrada en vigor del Real Decreto Ley 2/2024, de 21 de mayo, la primera declaración cuya presentación sería obligatoria a los efectos indicados sería la correspondiente al ejercicio fiscal 2024, que se presentará durante los meses de mayo y junio de 2025.

Por tanto a partir del IRPF del ejercicio  2024, las personas que cobren el paro deben presentar el IRPF para no perder la prestación.

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