Como ya os anunciamos esta semana, desde nuestro canal de youtube, desde el pasado miércoles 13 de mayo, entró en vigor el REAL DECRETO LEY 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, en virtud del cual se vienen a homologar los acuerdos entre sindicatos y patronal en materia de empleo, con especial énfasis en los llamados ERTES PARCIALES.
¿Qué es un ERTE PARCIAL?
Se ha llamado ERTE PARCIAL a la situación en la que una empresa con ERTE decide rescatar parcialmente a sus empleados, bien a jornada completa, bien a media jornada, entendiéndose por el contrario que un ERTE TOTAL es aquella situación en la que todos los trabajadores se mantienen en el ERTE y no se rescata a nadie.
¿Qué ventajas tiene el ERTE PARCIAL?
El ERTE PARCIAL se ha incentivado a través de esta norma, como respuesta a la reactivación paulatina de la economía. De manera que si se rescata a un trabajador durante el mes de mayo, el coste de la Seguridad social de ese trabajador está exento en un 85% (60% en caso de tener la empresa más de 50 trabajadores) y si lo rescata en el mes de junio, estará exento un 70% (45% para empresas de mas de 50 trabajadores). De manera que, a diferencia de como hasta ahora, donde al rescatar a un trabajador, se abonaban los seguros sociales en su integridad, a partir del 13 de mayo, si se rescata a un trabajador los costes sociales se reducen considerablemente.
¿Y qué sucede con los trabajadores que no rescato?.
Pues bien, siempre y cuando estemos ante un ERTE PARCIAL, es decir, ante una situación en la que parte de la plantilla ha salido del ERTE y parte continúe en el ERTE, para el caso de los trabajadores no rescatados y que sigan en el ERTE, el porcentaje de exoneración de las cuotas a la Seguridad Social, ya no será del 100%, sino del 60% durante el mes de mayo y 45% durante el mes de junio (45% y 30% respectivamente si tienen más de 50 trabajadores); de manera que a la empresa se sale más caro tener al trabajador en el ERTE que trabajando, ya que si lo rescata tiene el 85% de las cuotas exoneradas (70% si rescata en junio) frente al 60% exonerado (45% en junio) si mantiene al trabajador. Por lo tanto, como decimos, se incentiva que las empresas vayan rescatando trabajadores del ERTE pagando menos seguros sociales.
¿Y si decido no rescatar a nadie?
En caso de que la empresa decida no rescatar a ningún trabajador, estaríamos ante el llamado ERTE TOTAL, donde la exoneración de cuotas a la seguridad social sigue siendo del 100%.