De un tiempo a esta parte se ha puesto muy de moda la contratación de la Garantía llamada “Todo Riesgo Accidental” (TRA) en las pólizas de hogar, sobre todo en aquellas modalidades dirigidas a la vivienda habitual pero, ¿sabemos realmente el alcance de esta garantía? Y más importante, ¿somos conocedores de las limitaciones en cuanto a la cobertura de la misma?
Si bien no hay una definición común para todas las aseguradoras de dicha garantía, podríamos resumir el Todo Riesgo Accidental como aquella garantía a través la cual “Se cubre la reparación o indemnización de los daños de carácter accidental sufridos por los bienes asegurados en póliza”
Una vez indicado lo anterior, lo primero que hay que tener presente es que, aunque amplia los supuestos de cobertura de daños sufridos por los bienes asegurados, no es un Todo Riesgo asimilable al de los automóviles, y que por el hecho de tener contratada esta cobertura no vamos a tener cubiertos todos los siniestros que podamos sufrir en la vivienda asegurada.
Como cualquier otra garantía de las pólizas de hogar, esta garantía también tiene sus exclusiones y limitaciones. Las exclusiones más comunes, que no únicas, serían las siguientes:
- Los daños que no sean consecuencia de un hecho accidental, y por lo tanto súbito, imprevisible y no intencionado
- Los daños derivados de uso o desgaste inherente al uso de dichos bienes,
- Raspaduras, arañazos, desconchados, etc., que solo supongan un deterioro de la superficie o defectos estéticos de los bienes.
- Los daños y bienes excluidos en el resto de garantías de la póliza.
De todas las exclusiones anteriores, cabe destacar la última. Si un daño o bien está excluido de forma expresa por otra garantía de la póliza, la contratación del Todo Riesgo Accidental NO le va a dar cobertura. Cabe por lo tanto entender el Todo Riesgo Accidental como una ampliación de supuestos cubiertos por el seguro, pero no como una eliminación de exclusiones del mismo.
Además de las exclusiones indicadas anteriormente, también cabe destacar que hay diferencias relevantes entre las distintas aseguradoras en cuanto al alcance y limitación de dicha garantía. A continuación vamos a indicar aquellas diferencias más relevantes en función a la aseguradora, indicando que esta “comparativa” solo están recogidas aquellas aseguradoras con las trabajamos habitualmente desde nuestra Correduría, y que por lo tanto no están todas las opciones disponibles en el mercado
ALLIANZ y ZURICH
Ambas aplican una franquicia de 150 euros por siniestro (Condicionados Hogar Plus y 2/2.01.03.16 Enero 2019 respectivamente)
AXA
Aplica una franquicia de 120 euros. Los equipos informáticos, así como sus periféricos, se tienen que asegurar por garantía específica quedando fuera del TRA (condicionado Hogar Flexible 8437)
GENERALI
En el caso de Generali no hay una franquicia como tal, si bien solo cubren aquellos bienes cuyo valor a nuevo unitario sea superior a 100 euros. También indicar que los daños sufridos por teléfonos móviles se cubren a través de garantía específica, quedando fuera del TRA (condicionado G50592/GEN)
MAPFRE
Mapfre aplica una franquicia de 100 euros, si bien divide esta garantía a su vez en 2 garantías de contratación individualizada, que son las siguientes:
- Todo Riesgo Accidental
- Todo Riesgo Tecnológico, a través de la cual se cubren los daños sufridos por aparatos de telefonía, informática e imagen y sonido. Esta garantía específica, además de tener dicha franquicia de 100 euros, tiene un límite del 5% de de la suma asegurada de mobiliario con un máximo de 3.000 euros por siniestro y/o año (condicionado 232-17-SG-GEN ED. 02-19)
PLUS ULTRA
Aplica una franquicia de 100 euros, excluyendo los daños que puedan sufrir los equipos electrónicos portátiles (cámaras fotográficas, teléfonos móviles, tablets, ordenadores portátiles, etc.). Los daños sufridos por teléfonos móviles se pueden asegurar con garantía específica fuera del TRA (condicionado Hogar Plus Vivienda Principal)
REALE
Aplica una franquicia de 60 euros, con un límite anual y/o por siniestro de 6.000 euros, excluyéndose los daños sufridos por equipos electrónicos (Condiciones Reale Hogar Principal 817)
Como indicábamos anteriormente, en esta “comparativa” no están todas las aseguradoras del mercado, si bien podemos adelantar que “todas”, sin excepción, podrán sus limitaciones a esta garantía, motivo por el cual siempre le recomendaremos que acuda a un profesional del seguro, recordándoles que
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