Una de las noticias más recurrentes en los últimos tiempos es la del “falso autónomo”. Debido a la crisis económica, las empresas buscan fórmulas “alegales/ilegales”, con el objetivo final del ahorro de costes.
Los medios de comunicación han reflejado prácticas existentes, en algunas empresas como determinados Bancos o determinadas empresas de Reparto de comida a domicilio que están utilizando una figura jurídico-laboral que según se ha demostrado por las últimas sentencias “es ilegal”. En estas líneas analizaremos la figura del trabajador por cuenta ajena, autónomo y el autónomo dependiente, con objeto de intentar aclarar concepto y semejanzas/diferencias entre ellos, y sobre todo para distinguirlo del “falso autónomo”.
Partiremos del art. 1 parrafo 1 del Estatuto de los trabajadores(Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo). Dicho artículo incluye unos términos que van a ser fundamentales para distinguir las diferentes figuras.
“La presente Ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario”.
Deducimos de ello, que existen varias notas principales, más otras secundarias que nos explican básicamente cuando estamos ante una relación laboral:
-Persona física. Es un elemento evidente. Solo pueden ser trabajadores las personas físicas
-Voluntariedad. Las relaciones contractuales, siempre se basan en el consentimiento mutuo de las partes, por ello es otro elemento evidente de la relación laboral
-Ajenidad. El trabajador/a presta sus servicios:
-los frutos de su trabajo son para otro.
-los medios utilizados por el trabajador/a son de otro.
-Finalmente los riesgos de la prestación de sus servicios recaen en otro.
-Dependencia.- Esta característica se traduce en que el trabajador sigue las órdenes e instrucciones del empresario para la prestación de los servicios.
-Retribución.- El trabajador tiene un sueldo fijo al mes, independientemente de los resultados de la prestación de los servicios.