A PARTIR DE ENERO 2013 LA SEGURIDAD SOCIAL NOTIFICARÁ ONLINE

La Tesorería General de la Seguridad Social ha desarrollado un importante proyecto que supone un cambio sustancial a la hora de comunicar actos administrativos: se pone a disposición de empresas y ciudadanos un servicio que permite el acceso online a las notificaciones que hasta ahora se recibían por correo portal.

A partir del 1 de enero de 2013, y previa recepción de comunicación escrita, tanto las empresas como los ciudadanos que estén incorporados al Sistema RED.

¿Quiénes estarán obligados a NOTESS?

  • Las empresas que se creen a partir de enero quedarán incorporadas a este servicio sin que sea necesaria la comunicación sobre su inclusión obligatoria.
  • Todos aquellos sujetos obligados a incorporarse al sistema RED, con independencia de que sus códigos de cuenta de cotización estén de alta o baja.
  • Aquellos que se hayan adherido voluntariamente al mismo.

¿Quiénes estarán obligados al Sistema RED?

  • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables obligados a cotizar y encuadrados en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social.
  • Los empresarios encuadrados en los Sistemas Especiales del Régimen General, excepto el Sistema Especial de Empleados de Hogar.
  • Los Autónomos, excepto los del Sistema Especial Agrarios- que estén obligados a transmitir por el Sistema RED los datos relativos a sus trabajadores.

¿Qué debo hacer cuando reciba la carta de la Seguridad Social?

Una vez recibida dicha comunicación, dispone de 30 días para adscribirse a dicho sistema:

  • Entre en la Sede electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), https://sede.seg-social.gob.es en el apartado Mi Sede Electrónica (para el acceso será necesario disponer de certificado digital)
  • Comunique el correo electrónico al que desee que le envíen las notificaciones.

¿Quién puede consultar las notificaciones?

La empresa o el ciudadano y, además, su autorizado al sistema RED o, en su caso, el apoderado.

¿Cómo se otorga un apoderamiento?

A través del Registro Electrónico de Apoderamiento de la Seguridad Social, la empresa o ciudadano podrá otorgar su apoderamiento a un tercero.

¿Qué puedo consultar?

Inicialmente:

  • Reclamaciones de deudas
  • Providencias de apremio
  • Actos en vía ejecutiva
  • Procedimientos de deducción y aplazamientos.

De forma paulatina se irán incluyendo notificaciones referidas a otros procedimientos.

¿Cómo puedo saber que tengo notificaciones telemáticas pendientes?

La Tesorería General de la Seguridad Social enviará a todos los receptores un correo electrónico de aviso de disponibilidad de la notificación, siempre que se hayan proporcionado los datos de contacto a través del servicio disponible en la SEDESS.

Inicialmente la Seguridad Social pondrá a disposición de las empresas y ciudadanos en la SEDESS aquellas notificaciones derivadas del procedimiento de gestión recaudatoria, como reclamaciones de deuda, providencias de apremio y actos de vía ejecutiva, entre otros.

La notificación se pondrá a disposición de los interesados en la Sede electrónica durante un plazo máximo de 10 días.

Transcurrido dicho período sin haber accedido a la misma, se dará por notificada. En este caso, será necesario acudir a la Administración correspondiente para obtener información.

VENTAJAS:

  • Punto único de acceso para todas las notificaciones.
  • Disponibilidad permanente (24 horas al día, los 365 días del año).
  • Gestión de notificaciones en formato electrónico
  • Confidencialidad y autenticación en la recepción de las notificaciones.
  • Mayor seguridad e inmediatez en las comunicaciones.
  • Agilidad en la resolución de incidencias.
  • Nuevos servicios: avisos de puesta a disposición, gestión de receptores, etc.
  • Ahorro de papel y apoyo al medio ambiente.

IMPORTANTE: NO OLVIDAR.

  • Acceder periódicamente a la Sede Electrónica para recibir tus notificaciones.
  • Disponer de un certificado digital.
  • Comunicar el correo electrónico a través de la Sede Electrónica.
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