La Tesorería General de la Seguridad Social ha desarrollado un importante proyecto que supone un cambio sustancial a la hora de comunicar actos administrativos: se pone a disposición de empresas y ciudadanos un servicio que permite el acceso online a las notificaciones que hasta ahora se recibían por correo portal.
A partir del 1 de enero de 2013, y previa recepción de comunicación escrita, tanto las empresas como los ciudadanos que estén incorporados al Sistema RED.
¿Quiénes estarán obligados a NOTESS?
- Las empresas que se creen a partir de enero quedarán incorporadas a este servicio sin que sea necesaria la comunicación sobre su inclusión obligatoria.
- Todos aquellos sujetos obligados a incorporarse al sistema RED, con independencia de que sus códigos de cuenta de cotización estén de alta o baja.
- Aquellos que se hayan adherido voluntariamente al mismo.
¿Quiénes estarán obligados al Sistema RED?
- Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables obligados a cotizar y encuadrados en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social.
- Los empresarios encuadrados en los Sistemas Especiales del Régimen General, excepto el Sistema Especial de Empleados de Hogar.
- Los Autónomos, excepto los del Sistema Especial Agrarios- que estén obligados a transmitir por el Sistema RED los datos relativos a sus trabajadores.
¿Qué debo hacer cuando reciba la carta de la Seguridad Social?
Una vez recibida dicha comunicación, dispone de 30 días para adscribirse a dicho sistema:
- Entre en la Sede electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), https://sede.seg-social.gob.es en el apartado Mi Sede Electrónica (para el acceso será necesario disponer de certificado digital)
- Comunique el correo electrónico al que desee que le envíen las notificaciones.
¿Quién puede consultar las notificaciones?
La empresa o el ciudadano y, además, su autorizado al sistema RED o, en su caso, el apoderado.
¿Cómo se otorga un apoderamiento?
A través del Registro Electrónico de Apoderamiento de la Seguridad Social, la empresa o ciudadano podrá otorgar su apoderamiento a un tercero.
¿Qué puedo consultar?
Inicialmente:
- Reclamaciones de deudas
- Providencias de apremio
- Actos en vía ejecutiva
- Procedimientos de deducción y aplazamientos.
De forma paulatina se irán incluyendo notificaciones referidas a otros procedimientos.
¿Cómo puedo saber que tengo notificaciones telemáticas pendientes?
La Tesorería General de la Seguridad Social enviará a todos los receptores un correo electrónico de aviso de disponibilidad de la notificación, siempre que se hayan proporcionado los datos de contacto a través del servicio disponible en la SEDESS.
Inicialmente la Seguridad Social pondrá a disposición de las empresas y ciudadanos en la SEDESS aquellas notificaciones derivadas del procedimiento de gestión recaudatoria, como reclamaciones de deuda, providencias de apremio y actos de vía ejecutiva, entre otros.
La notificación se pondrá a disposición de los interesados en la Sede electrónica durante un plazo máximo de 10 días.
Transcurrido dicho período sin haber accedido a la misma, se dará por notificada. En este caso, será necesario acudir a la Administración correspondiente para obtener información.
VENTAJAS:
- Punto único de acceso para todas las notificaciones.
- Disponibilidad permanente (24 horas al día, los 365 días del año).
- Gestión de notificaciones en formato electrónico
- Confidencialidad y autenticación en la recepción de las notificaciones.
- Mayor seguridad e inmediatez en las comunicaciones.
- Agilidad en la resolución de incidencias.
- Nuevos servicios: avisos de puesta a disposición, gestión de receptores, etc.
- Ahorro de papel y apoyo al medio ambiente.
IMPORTANTE: NO OLVIDAR.
- Acceder periódicamente a la Sede Electrónica para recibir tus notificaciones.
- Disponer de un certificado digital.
- Comunicar el correo electrónico a través de la Sede Electrónica.