
VeriFactu es el marco que fija cómo deben emitir facturas los programas de facturación para garantizar integridad, trazabilidad y verificación por parte de la AEAT. En este post verás cómo funciona, cuándo aplica, quién está obligado (y quién no) y los pasos concretos para cumplir.
Cómo funciona VeriFactu en 5 pasos:
- La factura se emite desde un programa adaptado a VeriFactu.
- El sistema genera un identificador único y un hash (firma digital).
- Según la modalidad elegida, la factura se remite automáticamente a la sede electrónica de la AEAT o se registra y conserva sin remisión.
- El receptor puede escanear el código QR impreso en la factura para comprobar su validez.
- Hacienda conserva el registro y verifica la información en tiempo real.
Calendario de entrada en vigor:
- Empresas: 01/01/2026
- Autónomos: 01/07/2026
Importante: la obligación nace cuando se expide la factura (no depende del cobro o del pago).
Modalidades de VeriFactu
Con remisión a AEAT: envío en tiempo real de un registro (resumen) de cada factura y su QR.
Sin remisión: el software genera identificador, hash y QR y conserva las facturas y registros sin enviarlos a AEAT.
¿Quién está obligado y quién está exento ?
- Autónomos (en general): obligados. Si hoy no usas software adaptado, deberás adaptarte antes del 01/07/2026.
- Empresas: obligadas desde 01/01/2026.
- Empresas acogidas al SII: exentas de VeriFactu (ya informan por SII).
Bares, restaurantes y - comercios con cliente final (B2C): obligados mediante facturas simplificadas/tickets con QR. Se podrá emitir una factura de “canje” que resuma varios tickets ya emitidos.
- Fundaciones exentas en Impuesto de Sociedades (Ley 49/2002): si expiden facturas, están sujetas a VeriFactu.
- UTES: si emiten facturas, están obligadas a VeriFactu.
Actividades exentas de IVA que no están obligadas a facturar - (colegios, escuelas, etc.): si no expiden facturas, no aplicaría VeriFactu. Si un cliente solicita factura, sí hay que emitirla y registrarla; puede usarse la aplicación gratuita de Hacienda.
- Apoderamiento: si te factura un colaborador (gestoría/asesoría) en tu nombre, necesitará un apoderamiento específico para operar en VeriFactu.
Cuándo nace la - obligación: en el momento de expedir la factura.
¿Y si facturo con Word, Excel, PDF o talonario?
Manual puro (talonario o máquina de escribir): en principio, fuera de VeriFactu porque no hay sistema informático de facturación.
Word/Excel/PDF usados solo para “redactar e imprimir” la factura, sin más procesos avanzados: según FAQs de la AEAT, podría no considerarse SIF.
Pero atención: si se usan para generar libros registro, contabilidad, automatizaciones (macros) o si esos archivos se remiten a un tercero (gestoría/contable) para mecanización, esa operativa puede considerarse sistema informático de facturación. En un reciente seminario, se indicó expresamente que esta casuística sí se trataría como SIF y, por tanto, estaría sujeta a VeriFactu.
Recomendación práctica: a efectos de cumplimiento, trata Word/Excel/PDF como “riesgo de SIF” si intervienen en el flujo de facturación y adopta cuanto antes un programa adaptado.
Pasos para cumplir sin sobresaltos
- Elegir modalidad (con remisión o solo retención y conservación) según tu casuística.
- Verificar que tu software de facturación esté adaptado a RRSIF/VeriFactu (identificador único, hash, QR, registro y conservación).
- Configurar el QR y los campos obligatorios en plantillas de factura y ticket.
- Preparar apoderamientos específicos si tu asesoría/gestoría emitirá o remitirá en tu nombre.
- Establecer un procedimiento de contingencias (qué hacer si falla la conexión o el sistema).
- Asegurar la conservación de registros y copias de seguridad.
- Formar al personal que emite facturas y al punto de venta (TPV).
- Plan de migración: pilotos en 2025, arranque productivo antes de tu fecha de obligación (enero o julio de 2026).
FAQ rápidas
- Si hago todas las facturas a mano, ¿me afecta? En principio no, mientras no utilices un sistema informático de facturación.
- ¿Los del SII tienen que adoptar VeriFactu? No, están exentos porque ya reportan por SII.
- ¿Los tickets sin datos del cliente valen? Sí, como facturas simplificadas con QR.
- ¿Puedo resumir varios tickets en una sola factura? Sí, mediante una factura de canje.
- ¿Cuándo debo informar? Cuando expides la factura (no por el cobro/pago).
- ¿Habrá una app gratuita de la AEAT? Sí, la AEAT ofrecerá una aplicación básica que podrás utilizar si encaja con tus necesidades.
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Muy buen resumen, sobre todo porque explica de forma clara qué supone realmente VeriFactu y cómo afectará a la gestión diaria de la facturación. Muchas entidades y asociaciones que realizan alguna actividad económica también tendrán que adaptarse a estos sistemas, por lo que entender bien las obligaciones desde ahora ayudará a evitar problemas cuando la normativa esté plenamente en vigor. ssaludos