El Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre, introduce junto con medidas tributarias, otras medidas urgentes en materia social, para el año 2017. Dichas medidas son las siguientes:
-SE ACTUALIZA EL TOPE MÁXIMO Y LAS BASES MÁXIMAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN UN 3%.
Las cuantías del tope máximo y de las bases máximas ,se incrementarán, a partir del 1 de enero de 2017, en un 3% respecto a las vigentes en el año 2016 (De 3.642 €/mes pasarán a 3.751 €/mes en 2017).
-EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA EL AÑO 2017 SE INCREMENTA UN 8%
La disposición adicional única del Real Decreto-Ley establece que el SMI para 2017 se incrementará un 8%, pasando de 655,20 del año 2016 hasta los 707,60 en el año 2017.
Dicho incremento del SMI, afectará a los convenios colectivos vigentes a la fecha de entrada en vigor del real decreto, así como en normas no estatales y en contratos y pactos de naturaleza privada.
Dicha urgencia, la justifica el gobierno, por la necesidad que tienen los agentes sociales de conocer de antemano el SMI, para poder negociar adecuadamente las subidas salariales en los convenios colectivos.