La entidades en régimen de atribución de rentas son sociedades o comunidades que no tienen personalidad jurídica propia y que, a pesar de ello, obtienen ingresos o desarrollar un actividad económica. Tienen esta consideración las sociedades civiles (a pesar de que algunas sí pueden tener personalidad jurídica), las comunidades de herederos o herencias yacentes, las comunidades de bienes y las comunidades de propietarios. En estos casos, las rentas o ingresos obtenidos deben tributar en la imposición personal de sus miembros: IRPF, Impuesto de Sociedades o IRPF de no residentes, según que los respectivos socios, comuneros o partícipes sean contribuyentes o sujetos pasivos de cada uno de dichos impuestos.
No se incluyen en el régimen especial de atribución de rentas las siguientes entidades: UTEs, Grupo de Sociedades, Fondos de pensiones, Comunidades titulares de montes vecinales y Sociedades agrarias de transformación.
Obligación de Información.
Las entidades en régimen de atribución de rentas tienen la obligación en el mes de FEBRERO de presentar una declaración anual informativa, llamada modelo 184. Esta declaración es obligatoria para las entidades en régimen de atribución de rentas, que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales. No están obligados a presentar este modelo las entidades que no ejerciendo actividad económica, sus renta anuales no excedan de 3.000 euros, ni las entidades constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica. Las Sociedades civiles que realicen actividades económicas deben presentar este modelo con independencia del volumen de ingresos.
¿Qué información debe incluirse en el 184?
El modelo contendrá los datos identificativos de la Entidad, los de su representante y los de los socios, herederos o partícipes, así como los porcentajes de participación en la misma de cada uno de ellos.
Se reflejará el total de rentas obtenidas por la entidad, la renta atribuible a cada uno de sus miembros (en proporción al porcentaje de participación en la entidad) y las retenciones e ingresos a cuenta soportadas. En el modelo 184 podrán declararse rendimientos de capital mobiliario, rendimientos de actividades económicas y ganancias o pérdidas patrimoniales.
Para calcular el rendimiento procedente de actividades económicas se aplican las normas del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas.
Los datos consignados en este modelo, se reflejarán en los datos fiscales que proporciona la Agencia Tributaria para confeccionar la declaración de la renta.
Mi mujer y su hermano han heredado un piso de sus padres, este año lo han alquilado. ¿Forman una entidad del régimen especial de atribución de rentas?