El Real Decreto Ley 12/2012, introduce una serie de cambios en el Impuesto de Sociedades para los periodos impositivos que se inicien dentro de los años 2012-2013:
- Se reduce temporalmente el límite máximo de la aplicación de las deducciones del 35% al 25%.
- Se elimina con carácter indefinido la libertad de amortización, que continuará existiendo sólo para pymes y en el caso de ampliación de plantilla.
- Se limita la deducción corresponde al fondo de comercio al límite anual máximo de la centésima parte de su importe.
- Se limita la deducción de la diferencia entre el precio de adquisición de la participación por parte de la entidad adquirente, y los fondos propios de la entidad transmitente, que no hubiera sido imputada a bienes y derechos adquiridos, está sujeta al límite anual máximo de la centésima parte de su importe.
- Se elimina la posibilidad de diferir a otros ejercicios los beneficios fiscales.
- Se cambia con carácter temporal el sistema de pagos fraccionados.
- Se limita la deducción de forma indefinida por gastos financieros al 30% de esta partida, siempre a partir del millón de euros.
- Se establece un graveman del 8% sobre dividendos de fuente extranjera.