
Hace unos días publicamos un post sobre las nuevas obligaciones para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes eléctricos, incluidas en la Ley 5/2025 sobre responsabilidad civil y seguro de circulación.
Si no lo ha leído, puede consultarlo aquí:
Nuevo seguro obligatorio para patinetes y bicicletas eléctricas
https://gie.es/blog/nuevo-seguro-obligatorio-para-patinetes-y-bicicletas-electricas/
Ahora hay una novedad muy importante que debe conocer.
Publicado el Real Decreto 52/2026 (30/01/2026)
El pasado 30 de enero de 2026 se ha publicado el Real Decreto 52/2026, que regula el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT e introduce un cambio fundamental.
Puede consultar el texto completo en el BOE aquí:
Real Decreto 52/2026 (BOE)
https://www.boe.es/boe/dias/2026/01/30/pdfs/BOE-A-2026-2140.pdf
A partir de ahora, TODOS los patinetes deben registrarse y tener seguro
Hasta ahora se diferenciaba entre:
- Patinetes homologados, que debían registrarse y contratar seguro obligatorio
- Patinetes no homologados, que no tenían esa obligación
Con la publicación del RD 52/2026 esto cambia completamente:
TODOS LOS PATINETES, estén o no homologados, están obligados a:
- Inscribirse en el Registro de VMP de la DGT
- Contratar un Seguro Obligatorio de Circulación
Esta obligación está en vigor desde el mismo día de la publicación del Real Decreto, por lo que circular sin cumplirla puede suponer sanciones.
Patinetes no homologados: autorización temporal
En el caso de los patinetes no homologados, la inscripción será temporal y solo estará vigente hasta el:
22/01/2027
A partir de esa fecha, estos patinetes ya no podrán circular legalmente.
Registro oficial en la DGT
La DGT ha publicado las instrucciones oficiales para realizar la inscripción en el registro de VMP. Puede acceder directamente aquí:
Inscripción de VMP en la DGT
https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/matricular-un-vehiculo/inscripcion-vmp/
Importante: edad mínima para asegurar un patinete
Queremos recordar un aspecto clave:
La normativa nacional establece como edad mínima para conducir un patinete:
16 años
Aunque algunas ordenanzas municipales puedan permitir una edad inferior, las aseguradoras están aplicando el límite estatal, por lo que:
- No se puede asegurar a conductores menores de 16 años
- Es fundamental revisar la edad mínima indicada en la póliza antes de contratar el seguro
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