NO SE INTERRUMPEN LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES TRIBUTARIAS
La suspensión de plazos administrativos no afectará a los procedimientos administrativos en los ámbitos de la afiliación, la liquidación y la cotización de la Seguridad Social ni a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con una duración de quince días naturales. Y establece en artículo 7, que las
El Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19, en vigor desde el pasado 28 de marzo, establece, entre otras medidas algunas relacionadas
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