El 3 de diciembre, se publicó en el BOE el RD Ley 13/10 de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberizadores para fomentar la inversión y creación de empleo, que serán aplicables a partir de 2011.
Entre las medidas introducidas, las novedades fiscales más importantes son las siguientes:
- Se amplía de ocho a diez millones la cifra de negocio máxima que puede tener una empresa para ser considerada de reducida dimensión.
- Las empresas que hayan cumplido los requisitos para ser consideradas de reducida dimensión durante tres ejercicios seguidos podrán seguir disfrutando de los incentivos de este régimen durante tres ejercicios más, aunque su cifra de negocios pase a ser mayor de diez millones de euros.
- Se reduce el tipo de gravamen de las empresas de reducida dimensión. A partir del próximo ejercicio, tributarán al 25% por los primeros 300.000 euros de base imponible y al 30% por el resto.
- A partir del ejercicio 2011, y hasta 2015, el incentivo de libertad de amortización con mantenimiento de empleo ha sido modificado y todas las empresas (sean o no de reducida dimensión) podrán acogerse a él sin la necesidad de mantener la plantilla media de trabajadores.
Además, ya con efectos desde el 3 de diciembre de 2010, se introducen también las siguientes medidas:
- Dejan de tributar por ITP, entre otras operaciones societarias, la constitución de sociedades y los aumentos de capital.
- La cuota cameral pasa a ser obligatoria sólo para aquellas empresas que decidan libremente pertenecer a una Cámara de Comercio.