LOS MÓDULOS RÉGIMEN TRANSITORIO Y EXCLUSIÓN

OJO, si queremos permanecer en el sistema de módulos el próximo ejercicio 2018, debemos estar atentos éste  2017, de lo contrario podemos quedar EXCLUIDOS.

Recordemos que de manera transitoria para los años 2016 y 2017 la Ley 48/2015 de 29 de Octubre, de presupuestos generales del estado para 2016, determinó, y modificó el límite de  volumen de rendimientos íntegros, que permitían la permanencia en este sistema de estimación objetiva.

Conviene recordarlo dado que, tanto el volumen de compras, como el volumen de ingresos íntegros del año inmediato anterior, es decir, el que tengamos en este ejercicio 2017, será el que decidirá si permanecemos en módulos para el ejercicio 2018, o si por el contrario quedaremos excluidos de dicho régimen.

Os recordamos que  las magnitudes para permanecer en el sistema de módulos NO podrían superarse durante este ejercicio 2017:

Magnitudes excluyentes de carácter general:

  • 150.000 euros límite de ingresos para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales. Se computarán la totalidad de las operaciones, exista o no obligación de expedir factura. Las operaciones en las que exista obligación de emitir factura cuando el destinatario sea empresario, no podrán superar 75.000 euros.
  • Atención transportistas: Para aquellos transportistas autónomos que facturen más de 75.000 euros a lo largo de 2017 no podrán continuar acogidos al régimen de módulos.
  • 250.000 euros para el conjunto de actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
  • 150.000 euros límite de volumen de compras en bienes y servicios, excluidos adquisiciones de inmovilizado

Igualmente recordamos que existen otras magnitudes específicas, como son el número de personal empleadas, y número de vehículos cualquier día del año, que también podrían excluirnos del sistema de módulos.

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