Si nuestra empresa da órdenes a intermediarios financieros para operar con instrumentos admitidos a negociación necesitarán obtener el código LEI (“Legal entity identifier”) o Identificador de entidad jurídica antes del 3 de enero de 2018 en caso contrario los intermediarios financieros no podrán seguir realizado las operaciones solicitadas para la empresa.-
Las entidades bancarias ya están informando a sus clientes sobre la necesidad de obtener dicho código alfanumérico que tiene el siguiente formato: 9598 (*) 00 N60CEGKTATBG 90.-
El código LEI es un código global y único basado en el estándar ISO 17442, que se utiliza para identificar a las personas jurídicas que son parte en las transacciones financieras y para cumplir con los requisitos de información en los mercados financieros.-
La forma de solicitarlo es a través de los Registros Mercantiles, por ejemplo el Registro Mercantil de Madrid, tiene habilitado en el siguiente enlace, en donde desglosa paso a paso la forma de solicitar dicho código:
https://www.rmercantilmadrid.com/RMM/Servicios/LEI_Operativa.aspx
En resumen, existen dos formas de solicitarlo bien presencialmente, de modo que se tendrá que generar la solicitud en pdf, firmar la misma, legitimar la firma ante notario y presentar la solicitud en el Registro Mercantil depositando una provisión de fondos, de unos 121,00 € o bien si se dispone del certificado digital, se puede efectuar el trámite telemáticamente, ahorrando ciertos pasos con respecto a la forma presencial.-
La solicitud del código LEI tiene que ser firmada por el representante legal de la compañía, única persona con potestad para efectuar la citada solicitud y tendrá una validez de UN AÑO, siendo necesaria, por tanto, la renovación anual del citado código.-
A continuación, les facilitamos el enlace a preguntas frecuentes del código LEI facilitado por los Registradores de España:
https://www.justicia.lei.registradores.org/pgPreguntasFrecuentes
También el Registro Mercantil de Madrid ha habilitado las siguientes vías para la resolución de las posible dudas en el proceso de solicitud, esto es: telf.91-576.01.17 o en el correo electrónico madrid.lei@registromercantil.org.-