EL TJCE DECLARA NULO EL “CENTIMO SANITARIO”

Con la Sentencia conocida ayer, 27 de febrero de 2014, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), cierra una situación que venía denunciándose desde hace tiempo por varios colectivos afectados de manera importante.

Así el TJCE ha declarado nulo dicho impuesto y condena al Estado Español, y por aplicación a las Comunidades Autónomas a devolver las cantidades cobradas por dichos ingresos.

Ahora bien aunque la sentencia es clara, todavía no está claro cómo se va a producir dicha devolución, puesto que serán las Comunidades Autónomas las que tenga que establecer los medios para solicitar dicha devolución.

Lo que si sabemos a día de hoy, es que la devolución solo será posible si se conservas tickets o facturas de los repostajes bajo el “céntimo sanitario”

Queda en el aire todavía si se podrán reclamar todos los ejercicios afectados, puesto que el “céntimo sanitario” fue derogado en 2012 o si se le aplicará el plazo de prescripción del ejercicio de la devolución de cuatro años para los impuestos, situación que llevaría a que no se pudiera reclamar más allá de Marzo de 2010

En todo caso desde GIE Jurídico seguiremos el asunto con detenimiento, y proporcionaremos a nuestros clientes en el momento que estén los mecanismos establecidos el asesoramiento oportuno para lograr esta devolución.

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