EL FUTURO INCIERTO DE LOS MÓDULOS

Las nuevas medidas proyectadas en la futura reforma fiscal, podría dejar fuera del sistema de módulos  a muchos pequeños empresarios.

Como ya es sabido, el Ministerio de Hacienda ha venido modificando la normativa reguladora de este sistema durante los últimos años  queriendo limitar su ámbito de aplicación  a aquellos autónomos y pymes que facturen  al  consumidor final, por lo que obligaría  a tributar por el régimen de estimación directa a aquellas empresas que facturen mayoritariamente a otras empresas. 

Aunque la reforma, está pendiente de aprobación  definitiva, las nuevas  medidas  previstas dan un paso en esta dirección, estando prevista su entrada en vigor el  01 de Enero de 2016.

Se pretende excluir a TODAS las actividades económicas a las que se  aplica el tipo de retención del 1%, con alguna excepción.

Ello implica que dejarían al margen del  sistema de módulos, a  parte de las actividades de fabricación, y a todas las actividades incluidas en la división 5 del sector de la construcción, como albañilería, instalaciones de fontanería  frío calor y acondicionamiento de aire, montaje e instalación de aparatos elevadores, instalaciones telefónicas, revestimiento , solados y pavimentos y colocación de aislantes, carpintería y cerrajería, pintura de cualquier clase, trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales, etc…

Permanecerían en módulos  las actividades destinadas al consumidor final ( comercio minorista),  tales como las relacionadas con el pan, bollería, pastelería, galletas, masas fritas, patatas fritas y similares, servicios de restaurantes de uno y dos tenedores, cafeterías y bares; servicios de hospedaje en  hoteles y moteles de una o dos estrellas,  hostales y pensiones , en fondas y casas de huéspedes; quioscos; talleres de reparación de determinados artículos, vehículos, calzado y maquinaria; transporte de viajeros por carretera, taxistas, transporte de mensajería y recadería; servicios de autoescuelas, tintorerías y peluquerías, así como las actividades agrícolas y ganaderas.

Por otra parte, las nuevas medidas previstas, rebajarán de forma sustancial el límite de ingresos para aplicar el sistema de módulos. Pasará de 450.000 a 150.000€ anuales (200.000 actividades agrícolas y ganaderas);  En el caso de transporte de mercancías está previsto  un límite de facturación anual en el ejercicio anterior de 150.000,00 €, y  siempre que su facturación a empresas o profesionales no supere los 75.000,00€, lo que prácticamente expulsará del módulos a la mayor parte de los transportistas  autónomos que en la actualidad tributan en este régimen.

En la misma línea, también se reduce el límite de compras. Pasarán  de 300.000 a 150.000€ anuales.

Respecto a los módulos de 2015, está previsto que se mantengan las cuantías tanto en el IVA como en el IRPF, con alguna novedad que afectará al régimen de agricultura, ganadería y pesca.

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