EL APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS POR EL CORONAVIRUS

Como ya os anunciamos en un video por whatsapp, una de las primeras medidas ha sido permitir que autónomos y empresas puedan aplazar los impuestos que generen hasta el 30 de mayo de 2020.

Os vamos a explicar detenidamente esta medida.

¿A qué impuestos afectan?.

Afecta tanto al IVA como a retenciones de IRPF, ISOC y pagos fraccionados.

¿Tiene efectos retroactivos?.

Afecta a los impuestos o auto-liquidaciones cuyo plazo de ingreso finalice entre 13 de marzo y 30 de mayo de 2020. Por lo que sí afectará al IVA del primer trimestre 2020  aunque el impuesto se haya generado en enero y febrero. Si el IVA es mensual, afectará a partir del mes de marzo incluido.

¿Afecta a todas las deudas?

Sólo a aquellas deudas con dispensa total o parcial de garantía, es decir, hasta 30.000 euros. 

¿Realmente es sin intereses?.

El aplazamiento será de 6 meses, pero no devengando intereses sólo en los 3 primeros meses.

Solo para autónomos y pymes.

No será de aplicación para aquellos contribuyentes que hayan superado los 6.010.121,04 euros de volumen de operaciones.

 

 

 

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