¿CONOCE TODO LO QUE SE PUEDE ASEGURAR EN UN SEGURO DE VIDA RIESGO?

Actualmente todos sabemos, en mayor o menor medida, lo que es un seguro de vida, que es básicamente aquel a través del cual se paga por parte de la aseguradora al beneficiario un capital en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado.

No obstante, el seguro de vida, al igual que es resto de seguros, ha ido evolucionando con los años, añadiendo servicios y garantías que originalmente no existían.

En este artículo, queremos hacer un pequeño repaso de todas aquellas garantías y servicios que nos podemos encontrar en una póliza de vida riesgo actualmente, para que pueda decidir, a la hora de contratar su seguro, que garantías son más convenientes para su situación personal.

FALLECIMIENTO

Capital asegurado en caso de muerte por CUALQUIER causa del asegurado de la póliza.

INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA (IPA)

La Invalidez Permanente Absoluta es aquella por la cual el asegurado queda incapacitado para la realización de cualquier trabajo, garantizándose a través de esta garantía el pago al beneficiario del capital asegurado en caso de que el asegurado en la póliza quede en esta situación.

DOBLES Y TRIPLES CAPITALES

Actualmente, las aseguradoras permiten opcionalmente contratar, para las coberturas de Fallecimiento e IPA, capitales adicionales a los contratados para dichas coberturas

  • Capital adicional por accidente (doble capital)
    • Al capital básico asegurado se sumaría el capital adicional en caso de que el fallecimiento y/o invalidez hubiera sido consecuencia de un accidente.
    • Esta garantía estaría recomendada para aquellos asegurados con una actividad manual, como por ejemplo el sector de la construcción.
  • Capital adicional por accidente de circulación (triple capital)
    • Es un capital adicional que se sumaría al capital básico asegurado para el fallecimiento y/o invalidez.
    • Para poder contratar este capital adicional se suele exigir la contratación del capital adicional por accidente, de ahí que a esta garantía se la suela conocer coloquialmente como “triple capital”
    • Esta garantía estaría recomendada para todas aquellas actividades que impliquen el uso intensivo del vehículo (conductores profesionales, transportistas, etc.), o para aquellas otras personas que tengan habitualmente que realizar largos recorridos en coche en su vida personal.

INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL (IPT)

Es aquella garantía a través de la cual se cubre el pago del capital asegurado al beneficiario en caso de que el asegurado en póliza queda incapacitado para la realización de la profesión asegurada en la misma. Este matiz es muy importante, por lo cual queremos recalcar el hecho de que la Incapacidad Permanente Absoluta es aquella que incapacita para cualquier profesión, mientras que la Incapacidad Permanente Total es aquella que solo incapacita para la profesión asegurada, motivo por el cual la tasa que aplican las aseguradoras para la IPT es mucho más elevada que para la IPA, siendo por lo tanto más cara su contratación.

Es muy importante tener esto en cuenta a la hora de decidirse por la contratación de una garantía u otra. Para entender mejor esto lo más fácil es poner un par de ejemplos sencillos:

  • Una persona que tenga una profesión de carácter administrativo, como una persona que trabaje en una oficina, es muy difícil que pueda realizar otro trabajo si queda incapacitado para su profesión habitual.
  • En cambio, una persona que realice un trabajo de carácter manual, como puede ser un fontanero, albañil, transportista, etc., es muy fácil que la administración solo le conceda la Incapacidad Permanente Total alegando que podría desarrollar otros trabajos menos manuales, como puede ser un trabajo administrativo como el del ejemplo anterior.

ENFERMEDADES GRAVES

A través de esta garantía, la aseguradora paga al beneficiario el capital pactado en caso de que al asegurado le sea diagnosticada alguna de las enfermedades indicadas en la póliza de seguro, que con carácter general suelen las siguientes, sin perjuicio de que alguna aseguradora recoja alguna más:

  • Cáncer
  • Accidente cerebro-vascular
  • Enfermedades cerebrales derivadas de tumores benignos o malformaciones basculares
  • Insuficiencia Renal
  • BY PASS coronario
  • Sustitución de válvulas del corazón.
  • Trasplante de órgano vital.

Para esta garantía en concreto, desde nuestro punto de vista, se tienen que tener en cuenta más los antecedentes familiares del asegurado que no su profesión, debido al carácter genético que tienen gran parte de estas enfermedades.

 

A todas las garantías anteriores, que suelen ser de libre contratación, las aseguradoras han incluido otras garantías y servicios adicionales, ya incluidos por defectos en la póliza, para hacer más atractiva su oferta, como pueden ser las siguientes:

  • Gastos de sepelio
  • Gastos de liquidación Impuesto sobre sucesiones y donaciones.
  • Testamento Online
  • Capital adicional de Orfandad por accidente
  • Renta por enfermedad Critica
  • Orientación y segunda opinión medica

Hoy día hay muchas modalidades de seguro de vida riesgo, desde aquellas tradicionales que tiene como garantía principal el fallecimiento y a la que se van sumando garantías adicionales como la invalidez, a otras más específicas que permiten la contratación solo de la Invalidez sin estar obligado a contratar el fallecimiento (enfocadas a asegurados sin cargas familiares), aumentar el capital asegurado de Incapacidad Permanente Total (enfocada a cierto tipo de profesionales) o elegir el capital de forma independiente para cada garantía (dentro de ciertos parámetros).

Por todo lo anterior, aparte de recomendar siempre la contratación de un seguro de este tipo, se tengan o no cargas familiares, queremos hacer énfasis en que acudas a un profesional del seguro, el cual no solo te va a orientar hacia la modalidad más recomendable para su situación particular, sino que también te va a orientar sobre los capitales a asegurar, recordándote que…

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