
Ante el anuncio realizado el pasado 5 de octubre de 2026 sobre la previsión de ampliar hasta octubre de 2028 el plazo de entrada en vigor de VERI*FACTU, muchas empresas y autónomos que se adelantaron a su implantación se preguntan si pueden dejar de enviar sus registros de facturación a la Agencia Tributaria.
La respuesta es sí. Aquellos empresarios y profesionales que activaron voluntariamente VERI*FACTU durante el período de pruebas pueden abandonar esta modalidad y dejar de remitir automáticamente sus registros de facturación a Hacienda.
Eso sí, es importante diferenciar entre la ampliación anunciada, todavía pendiente de aprobación normativa, y las condiciones aplicables durante el período de pruebas.
¿Qué diferencia hay entre VERIFACTU y NO VERIFACTU?
Existen dos modalidades de funcionamiento de los programas informáticos de facturación:
VERI*FACTU: facturación con envío automático a Hacienda
El programa informático genera los registros de facturación y los remite automáticamente a la Agencia Tributaria. De esta manera, Hacienda recibe la información de las facturas emitidas de forma prácticamente inmediata.
NO VERI*FACTU: facturación sin envío automático a Hacienda
El programa genera y conserva los registros de facturación, pero no los remite automáticamente a la Agencia Tributaria. Para utilizar esta modalidad, debe cumplir los requisitos técnicos de integridad, conservación, trazabilidad y seguridad establecidos en la normativa.
Importante: podrás cambiar de VERIFACTU a NO VERIFACTU siempre que tu programa informático permita esta modalidad y cumpla los requisitos legales aplicables.
¿Quién puede abandonar VERI*FACTU?
Las empresas y autónomos que comenzaron a enviar voluntariamente sus registros de facturación a la Agencia Tributaria durante el período de pruebas pueden dejar de hacerlo.
Según las aclaraciones de la AEAT, durante este período no resulta exigible mantener la modalidad VERI*FACTU hasta el 31 de diciembre.
¿Cómo pasar de VERIFACTU a NO VERIFACTU?
1. Contacta con tu proveedor de facturación.
Solicita que el programa deje de enviar automáticamente los registros de facturación a la Agencia Tributaria.
2. Comprueba que tu programa permite NO VERI*FACTU.
No todos los programas ofrecen ambas modalidades. Por tanto, antes de realizar el cambio, debes confirmar con tu proveedor que tu software permite trabajar en NO VERI*FACTU y cumple los requisitos legales correspondientes.
3. Conserva toda la información anterior.
El cambio no elimina las obligaciones de conservación de facturas y documentación fiscal.
4. Confirma la fecha efectiva del cambio.
Verifica que el envío automático ha quedado desactivado y que puedes seguir emitiendo facturas correctamente.
¿Tengo que presentar el modelo 036?
No. Para abandonar el envío voluntario mediante VERI*FACTU no es necesario presentar el modelo 036.
¿Dejar VERI*FACTU significa que ya no tendré obligaciones de facturación?
No. Debes continuar emitiendo y conservando tus facturas conforme a la legislación vigente.
Cuando sea obligatoria la aplicación del Reglamento de sistemas informáticos de facturación, los empresarios afectados deberán utilizar sistemas adaptados.
Recuerda: utilizar un programa adaptado a la normativa no significa necesariamente tener que enviar automáticamente todos los registros de facturación a Hacienda. Puedes utilizar NO VERI*FACTU siempre que tu programa informático lo permita y cumpla los requisitos establecidos.
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