A partir del 1 de Junio será obligatorio para formalizar cualquier operación de venta o alquiler de inmueble, el llamado Certificado de Eficiencia Energética, según el Real Decreto que aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, publicado en el BOE, el 13 de abril, por tanto aplicable para nuevas operaciones de venta o arrendamiento, sin que afecte a las ya formalizadas.-
Este certificado de tasación energética nace con el compromiso o bajo la bandera del ahorro y protección del medioambiente, y viene a constituir, como ocurre con el etiquetado de los electrodomésticos, una forma de identificar las características energéticas del inmueble, ya sea piso o local, que por ejemplo ayudará al comprador o inquilino a elegir aquel inmueble que tenga mejores características energéticas con un impacto directo en el ahorro del suministro.-
La emisión del certificado será competencia exclusiva de técnicos profesionales con titulación específica para ello, y dicho certificado clasificará al inmueble bajo una letra que irá desde la A que serán los inmuebles más eficientes hasta la G que serán los menos eficientes. Si bien el certificado tendrá una validez de 10 años, siempre se podrá instar su re-clasificación si se llevan a cabo las mejoras pertinentes en el inmueble, siendo competencia de las Comunidades Autónomas, la creación de registros públicos para llevar un control de los mismos.-
Desde GRUPO GIE advertimos de la importancia de obtener un buen certificado de eficiencia energética, ya que su calificación tendrá una repercusión muy importante en la renta a percibir en caso de alquiler o en el valor del inmueble en el caso de venta, por ello ponemos a disposición de nuestros clientes, los servicios de ARQUITEA, empresa especialidad en la emisión de informes técnicos con más de 15 años de experiencia, pudiendo acceder a sus servicios a través del siguiente enlace http://certificados-eficiencia-energetica.es o bien contactando con Javier López en el teléfono 654652585.