¿Autónomo o empresa?

 

Es frecuente que los clientes nos pregunten si es mejor ser autónomo o empresa. 

En primer lugar, conviene saber si la actividad va a requerir de infraestructura o no (local, vehículos, etc), así como de personal, ya que en caso de que sea así o sea poco relevante (como sucede normalmente en el caso de los profesionales), convendría darse de alta como autónomo. Además, si la actividad está encuadrada en los epígrafes de las actividades susceptibles de acogerse al sistema de módulos (estimación objetiva) o al recargo de equivalencia, para los comercios minoristas, es más lógico que se desarrolle como autónomo.

En segundo lugar, saber si la actividad a desarrollar es de riesgo o alta siniestralidad (en cuanto a mucha fluctuación y conflictividad laboral), ya en estos casos es recomendable parapetar la responsabilidad detrás de una sociedad mercantil. En el caso de los autónomos se confunden patrimonio empresarial y personalindistintamente, alcanzando incluso a los bienes gananciales.

En tercer lugar, si los beneficios que se prevé obtener como autónomo superan los 45.000 euros anuales, compensa tributar a través de una sociedad, ya que el tipo impositivo es inferior a la escala del tipo general del IRPF para el caso de los rendimientos de actividades económicas.

Finalmente, en ocasiones, tener una empresa puede resultar más atractivo para trabajar con la Administración o con ciertos clientes; sin embargo, un autónomo también puede tener una marca registrada a través de la cual canalice la imagen comercial de su actividad.

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